Subvenciones incluidas en el programa de apoyo a las familias de Castilla y Leon y de fomento de la conciliacion de la vida personal, familiar y laboral.

Código de ayuda:

S05273/10

Norma:

ORDEN FAM/32/2010, de 12 de enero. Orden FAM/112/2009, de 20 de enero.

Plazo de Solicitud:

Consultar línea de ayuda.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectuar la convocatoria de las subvenciones incluidas en el Programa de apoyo a las familias de Castilla y León y de fomento de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral durante el año 2010, enumeradas en el apartado 2, cuyas Bases Reguladoras fueron aprobadas por Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, publicada en «Boletín Oficial de Castilla y León» de 27 de enero de 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes, que cumplan los siguientes requisitos:
– Estar empadronados ambos progenitores, en su caso, en un municipio de Castilla y León, a la fecha de presentación de la solicitud.
– Residir, al menos uno de ellos, de forma ininterrumpida en cualquiera de dichos municipios, durante los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento o a la fecha de inscripción de la adopción en el Libro de Familia.

b) Podrán ser beneficiarios los progenitores o adoptantes que aparezcan en el Título de Familia Numerosa expedido por la Junta de Castilla y León, en el que figure/n el/ los hijo/s que dan derecho a la subvención.

c) 1.Tratándose del mantenimiento de Guarderías Infantiles Laborales, las entidades sin ánimo de lucro que sean titulares de las mismas.
2. Tratándose del mantenimiento de Centros Infantiles de 0 a 3 años, las Entidades
Locales de Castilla y León que sean titulares de dichos Centros Infantiles.

d) Podrán obtener la condición de beneficiarios de la subvención objeto de la presente convocatoria, las empresas con centros de trabajo en Castilla y León, que realicen la acción subvencionable definida en el apartado anterior y que cuenten con más de 5 trabajadores.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones dirigidas a padres y/o madres de Castilla y León por nacimiento o adopción de hijos.

b) Subvenciones dirigidas a las familias numerosas con cuatro o más hijos, por cada hijo menor de 18 años, a partir del cuarto inclusive.

c) Subvenciones dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y entidades locales de Castilla y León para el apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

d) Subvenciones dirigidas a empresas con centros de trabajo en Castilla y León para el apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

e) Subvenciones dirigidas a padres y/o madres de Castilla y León para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

f) Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a las familias de Castilla y León para la financiación de los gastos en Escuelas, Centros y Guarderías Infantiles.

Documentos asociados

Boletín: 29/01/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/01/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 17
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/03/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 54
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento