Subvenciones fomento del asociacionismo 2020.

Código de ayuda:

S20464/19

Plazo de Solicitud:

2019: Hasta el 29/04/2019. 2020: del 10 de diciembre de 2019 al 20 de enero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito financiando gastos de mantenimiento se sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler y gastos de funcionamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Junta Municipal de Ciudad Lineal (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Convocatoria 2019: el importe total destinado a esta convocatoria asciende a 48.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Modalidad de proyectos: 33.000,00 euros.

— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 15.000,00 euros.

Convocatoria anticipada 2020: el importe total destinado a esta convocatoria asciende a 48.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Modalidad de proyectos: 33.000,00 euros.

— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios para financiar el alquiler y funcionamiento de las sedes sociales: 15.000,00 euros.

La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Ciudad Lineal y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y Reguladoras Generales para
sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017-OBRGS.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Modalidad de proyectos

— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios (alquiler y suministros).

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/04/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento