Subvenciones estructurales para la edicion de publicaciones periodicas en soporte de papel en catalan o en aranes.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S23955/12Norma:
ORDEN PRE/176/2012, de 20 de junio. RESOLUCIÓN PRE/1314/2012, de 28 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/07/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir la convocatoria de subvenciones estructurales, en régimen de concurrencia no competitiva, a publicaciones periódicas en soporte papel en catalán o en aranés correspondiente al año 2012.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Presidencia (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Publicaciones diarias de pago de alcance nacional:Este importe se calcula a partir de los siguientes criterios, que se aplican acumulativamente:
a) 300,00 euros por número.
b) 0,035 euros por ejemplar difundido según certificación de la OJD/difusión de pago ordinario o 0,01 euros por ejemplar de tirada acreditada mediante facturas de impresión.
c) En el caso de diarios con ediciones territoriales, se otorga una subvención complementaria de 100,00 euros por número para el conjunto de las ediciones.
Publicaciones diarias de pago de alcance local:
Este importe se calcula a partir de los siguientes criterios, que se aplican acumulativamente:
a) 175,00 euros por número.
b) 0,035 euros por ejemplar difundido según certificación de la OJD/difusión de pago ordinario o 0,01 euros por ejemplar de tirada acreditada mediante facturas de impresión.
c) En el caso de diarios con ediciones territoriales, una subvención complementaria de 50,00 euros por número para cada una de estas ediciones a contar desde la segunda y hasta un máximo de tres.
d) En el caso de las publicaciones editadas por entidades sin ánimo de lucro, no es aplicable el límite que establece el apartado 9.1.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas periodísticas, de acuerdo con la definición que prevé la base 4.1.a), y las entidades sin ánimo de lucro que tienen como actividad, única o entre otras, la edición de publicaciones periódicas,que hayan editado, en el año anterior al de la convocatoria correspondiente, una publicación periódica que reúna los requisitos establecidos en estas bases y que continúen esta edición en el momento de la resolución sobre la solicitud.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) En las publicaciones de alcance nacional: gastos de edición, impresión, comercialización, publicidad ypromoción.
b) En las publicaciones de alcance local: gastos de edición, impresión y comercialización.
Requisitos:
- En el caso de personas jurídicas, la realización de esta actividad debe quedar acreditada en su objeto social, tanto si se trata de empresas periodísticas como si son entidades sin ánimo de lucro.- Las personas físicas han de estar dadas de alta en el epígrafe del impuesto de actividades económicas correspondiente a la edición de publicaciones periódicas y revistas.
- Las persones destinatarias de estas subvenciones están sujetas al cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
Documentos asociados
Boletín:
27/06/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6158
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6158
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Boletín:
06/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
06/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6165
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
13/09/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6212
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6212
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