Subvenciones establecidas para el impulso de las redes de business angels relacionadas con su funcionamiento.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S24573/13

Norma:

Resolución de 6 de junio de 2013. Orden ITC/860/2010, de 29 de marzo. Orden IET/452/2014, de 14 de marzo. Resolución de 22 de febrero de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de mayo de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la convocatoria de ayudas para el impulso de las redes de «business angels» correspondiente al ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Energía y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el desarrollo de las actividades descritas en el apartado primero de esta orden podrá subvencionarse hasta un 60 por ciento de los gastos considerados subvencionables con un máximo de 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades con participación mayoritaria de capital público autonómico, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.

b) Las entidades privadas con fin de lucro y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que, con un objeto social más amplio, acrediten que, entre las diferentes actividades que desarrollan, realizan las que resultan propias de una red de «business angels» a fin de favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos emprendedores mediante la realización de las tareas de información, difusión e intermediación que resultan precisas para tal fin.

c) Las entidades sin ánimo de lucro, privadas, o públicas de carácter autonómico, y con personalidad jurídica propia, cuyo objeto social sea la realización de las actividades específicas de una red de «business angels». También podrán serlo aquellas que presten servicios de apoyo a las PYME con el objeto de mejorar el tejido empresarial e impulsar su competitividad, tales como asesoría, formación, apoyo a la creación de empresas, tutorización del plan de negocio y asesoramiento en general al proyecto empresarial, entre otros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de prestación de los servicios de información, difusión, intermediación, análisis de proyectos y aquellos otros que resulten precisos para favorecer la aportación de recursos financieros a proyectos empresariales innovadores.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/06/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 22/03/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
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Boletín: 25/03/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 72
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/04/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/04/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
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