Subvenciones entidades sin fin lucrativo.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S09137/13Norma:
Santa Eugènia a 27 de marzo de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 30 de noviembre de 2013 a las 14.00 horas en las oficinas del Ayuntamiento.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar, mediante otorgamiento de subvenciones, la realización de actividades por parte de las entidades o asociaciones ubicadas en el término municipal de Santa Eugènia o personas físicas, que siendo de la competencia municipal, redunden en beneficio de los ciudadanos de Santa Eugènia.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Santa Eugènia (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Modalidad A)Cultura – Educación – Participación Ciudadana – Juventud – Mayores: xxxxx de la partida presupuestaria con un importe máximo de 1.200 € por entidad o 200 € por persona física o grupo.
Modalidad B)
Deportes: xxxxx de la cantidad presupuestaria con un importe máximo de 3.000 € por entidad o 300 € por persona física o jurídica.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
a)Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en el municipio.b)Para la realización de actividades culturales, educativas puntuales, etc.
c)Personas físicas, en representación particular o de un grupo, para iniciativas de carácter esporádico, sin finalidad de lucro y con residencia en nuestro municipio.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades programadas que se realicen a lo largo del año de su petición dentro del ámbito territorial del municipio y que hagan referencia a las áreas de:-Cultura.
-Educación.
-Juventud.
-Participación Ciudadana (AAVV/Asociaciones Amas de Casa / Asociaciones de Vecinos / Asociación de segunda edad).
-Mayores.
-Deportes.
Requisitos:
-Las entidades recogidas en los apartados a) y b) de la base segunda deberán estar inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas.-Las personas físicas o jurídicas recogidas en el apartado c) de la base segunda deberán estar empadronadas en el municipio de Santa Eugènia.
-Estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal.
-Tener previsión de realizar actividades a lo largo del año y dentro del ámbito territorial del municipio.
-Haber justificado y acreditado las actividades objeto de subvención en años anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
04/04/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento