Subvenciones, en regimen de evaluacion individualizada, destinadas a la concesion de prestaciones economicas para el servicio de Podologia.

Código de ayuda:

S04000/13

Norma:

Burlada, 4 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Durante el último mes del año natural, se establecerá el plazo de presentación de solicitudes para el año siguiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento jurídico para la concesión de subvenciones/ayudas temporales en materia
de servicios sociales, en régimen de evaluación individualizada, a las personas empadronadas y residentes en Burlada, para la utilización del Servicio de Podología.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Burlada (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará un máximo del 85% del coste total del servicio, tomando como referencia el precio establecido por el Servicio de Podología, de acuerdo al Pliego de condiciones esenciales regulador de la contratación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La utilización del Servicio de Podología.

Requisitos:

a) Tener residencia efectiva y estar empadronados en Burlada con un mínimo de seis meses de antigüedad, a considerar desde el momento de la solicitud.

Los servicios sociales de base comprobarán a través del padrón municipal la situación de empadronamiento de las personas solicitantes.

b) Tener una edad de 60 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.

c) Carecer de medios económicos propios suficientes, no superando la unidad familiar*, por todos los conceptos, unos ingresos brutos (descontada la aportación a Seguridad Social) de 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional anual vigente.

(*) Se considera unidad familiar la definida en el art. 71 del Decreto Foral 4/2008, de 2 de junio, regulador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

d) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos.

e) Se contemplarán, así mismo, aquellas situaciones que por su excepcionalidad requieran del servicio de Podología como recurso que contribuye al bienestar físico de las personas mayores de Burlada.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 37
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento