Subvenciones, en regimen de evaluacion individualizada, destinadas a empresas del sector comercial.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35664/12

Norma:

Pamplona, 20 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la Convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a empresas del sector comercial durante el año 2012.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas o sociedades civiles o irregulares que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

-Epígrafe A:

Proyectos de implantación de nuevas actividades, diferenciando las ayudas para las que se instalen en la zona Centro o en la Milagrosa y las que se instalen en el resto de Pamplona.

-Epígrafe B:

Proyectos de modernización, reforma y renovación de instalaciones y equipamientos de establecimientos, diferenciando las subvenciones para establecimientos de la zona Centro o de la Milagrosa y del resto de Pamplona.

-Epígrafe C:

Proyectos de inversión en los Mercados Municipales de Pamplona.

Requisitos:

a) Que se trate de personas físicas o jurídicas o sociedades civiles o irregulares que tengan un volumen de negocio por actividad inferior a 10 millones de euros (según la última declaración del Impuesto de Sociedades presentada o, en su caso, declaración del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas).

b) No estar participadas en un porcentaje igual o superior al 25% por empresas (Personas Jurídicas) (refiriéndose este % a la participación individual de cada empresa en la solicitante) que individualmente no reúnan el requisito anteriormente expuesto.

c) No podrán ser, en ningún caso, beneficiarios de estas subvenciones empresas públicas o empresas participadas por capital público.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 189
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 25/09/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 189
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento