Subvenciones, en regimen de evaluacion individualizada destinada a la concesion de prestaciones economicas directas a personas y familias en situacion de emergencia social.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S03037/12

Norma:

Pamplona, 20 de enero de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de diciembre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, en régimen de evaluación individualizada destinada a la concesión de prestaciones económicas directas a personas y familias en situación de emergencia social para el año 2012.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las familias demandantes de estas ayudas económicas podrán beneficiarse a lo largo de un año natural y mientras exista consignación presupuestaria, hasta un máximo para el año 2012 de 1.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas individuales o unidades convivenciales, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las prestaciones economicas directas a personas y familias en situacion de emergencia social.

Requisitos:

1.-Vecindad en Pamplona y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de un año de antigüedad.

Excepcionalmente, y cuando la situación sea de extrema necesidad, no se tendrá en cuenta la antigüedad, siendo suficiente su empadronamiento en el momento de formalizar la demanda.

2.-Personas usuarias de los Programas y Servicios del Area de Bienestar Social e Igualdad, del Ayuntamiento de Pamplona y estar implicados/as en un Proceso de intervención social.

3.- Carecer de medios económicos propios suficientes (según tablas expresadas en el apartado 10 de esta convocatoria) , faltos de apoyatura socio-familiar con la que hacer frente a la situación planteada , sobrevenida por una fuerza mayor e involuntaria.

5.- Que los conceptos a subvencionar no estén incluidos en las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra. En el supuesto de que si lo estén, deberán solicitar las ayudas/recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto. Se considera que dicha prestación tiene carácter de subsidiariedad a las prestaciones y/o complementarse con otros recursos existentes en la
comunidad.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 19
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 19
Documento: Bases y Anexos. Descargar Documento