Subvenciones, en regimen de evaluacion individualizada destinada a la concesion de prestaciones economicas directas a personas y familias en situacion de emergencia social para el año 2011.

Código de ayuda:

S10000/11

Norma:

Pamplona, 13 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con estas ayudas se pretende:

- Contribuir, desde la responsabilidad social municipal, con un instrumento específico paliativo de las situaciones de pobreza endémica o coyuntural y bajo autovalimiento, mediante su aplicación complementaria al resto de prestaciones sociales.

- Paliar aquellas situaciones que puedan provocar o agudizar el desarraigo o la marginación social.

- Servir como instrumento de acción profesional y apoyo en los procesos de incorporación social diseñados desde los Programas y Servicios Sociales del Area de Bienestar Social y Deporte.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Manutención
La cuantía límite de la prestación por este concepto será de:

− dos meses consecutivos o no, en un año

− Hasta la cuantía máxima de:

Unidad Convivencial euros / mes
una persona: 180
dos personas: 225
tres personas: 265
cuatro personas o más: 300

B) Alojamiento
La cuantía límite por este concepto será hasta un máximo de dos mensualidades consecutivas o no, en un año.

C) Mantenimiento vivienda
La cuantía límite de la ayuda se establece en dos meses, (un recibo) de suministro energético (Luz o Gas) o una cuantía máxima de 225 euros y /o un cuatrimestre de agua o un máximo de 160 euros en un año.

D) Apoyo a la incorporación social y/o laboral
La cuantía límite de la ayuda no superará los 1000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas individuales o unidades convivenciales, que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Manutención
Prestación económica destinada a cubrir la necesidad básica de una alimentación diaria y correcta de los miembros de la unidad familiar.

B) Alojamiento
Los conceptos objeto de subvención (siempre que no puedan ser solicitados al INBS conforme a los criterios vigentes, establecidos por el mismo para sus ayudas), son:

- Alquiler de vivienda / hipoteca / habitación en vivienda compartida (domicilio personal) cuando se da como una situación coyuntural.

- Contrato de nueva vivienda en alquiler, cuando suponga un desembolso inicial extraordinario y sus recursos económicos pueda garantizar el pago habitual de la vivienda.

C) Mantenimiento vivienda
Destinadas a cubrir las deudas contraídas en:

− Cualquier suministro (Luz, Gas, Agua) que origine un aviso de suspensión del servicio y que se haya producido de una forma puntual.

− Altas de contratos de suministros energéticos o de agua en nueva vivienda de Promoción pública o de similar características.

− Equipamiento básico

Estos conceptos podrán ser objeto de subvención siempre que no puedan ser solicitados al INBS conforme a los criterios vigentes, establecidos por el mismo para sus ayudas extraordinarias.

D) Apoyo a la incorporación social y/o laboral
Además de las señaladas en los puntos anteriores, se contemplarán ayudas económicas que permitan la incorporación social y/o laboral:

- La participación en actividades socio-recreativas de los distintos miembros de la unidad familiar.

- Apoyos imprescindibles y puntuales que posibiliten la participación en actividades educativas no regladas.

- Situaciones de necesidad presentadas por personas en edad laboral que, encontrándose en procesos de incorporación tanto en los Programas de Acogida o de Inserción y empleo del Ayuntamiento de Pamplona, presentan carencias contrastadas de tipo económico y/o socio-sanitario, y muestran serias dificultades para cubrir las necesidades básicas de integración social y laboral.

Requisitos:

1.-Vecindad en Pamplona y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de un año de antigüedad. Excepcionalmente, y cuando la situación sea de extrema necesidad, no se tendrá en cuenta la antigüedad, siendo suficiente su empadronamiento en el momento de formalizar la demanda.

2.-Personas usuarias de los Programas y Servicios del Area de Bienestar Social y Deporte, habilitados al efecto, del Ayuntamiento de Pamplona y estar implicados/as en un Proceso de intervención social.

3.- Que no estén contemplados en las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra. En el supuesto de que si lo esten deberan solicitarlo las ayudas / recursos existentes para los mismos conceptos en otros ámbitos de la Administración a tal efecto. Se considera que dicha prestación tiene carácter de subsidiariedad a las prestaciones y/o complementarse con otros recursos existentes en la comunidad.

4 .- Presentar una situación sobrevenida por una fuerza mayor e involuntaria como:

- Separaciones y abandono del domicilio familiar.

- Períodos de espera a una alternativa derivadas de gastos extraordinarios justificados, enfermedades, no resultando ser la situación central, objeto de la prestación solicitada.

- Crisis económica, derivada de situaciones de: Desempleo prolongado u otro tipo de inestabilidad económica, pero con perspectiva de empleo a corto plazo.

- Crisis económicas no previstas en economías estables: separaciones, enfermedades, deudas justificadas derivadas de situaciones extraordinarias.

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 40
Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
Boletín: 28/02/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento