Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, relativa al Plan Renove de instalaciones eléctricas comunes, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S09955/17

Norma:

ORDEN de 9 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Del 2 de mayo de 2017 y finalizará el 1 de septiembre de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases, que se incluyen en el anexo I, por las que se regirá la concesión de las subvenciones de la CEEI para incentivar la renovación de las instalaciones eléctricas comunes en edificios de viviendas, así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda es de un máximo de 150 euros por contador, con un límite máximo de 3.000 euros por instalación. La cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25 % del coste total de la instalación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Comunidades de propietarios o personas físicas propietarias de edificios de uso residencial con dos o más viviendas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable la reforma de las instalaciones eléctricas comunes de los edificios de más de 25 años destinados principalmente a viviendas para adaptarlas en su totalidad al Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus ITC.

Esto incluye la reforma de las instalaciones de enlace (desde la caja general de protección, o cajas generales de protección, incluidas éstas, hasta los cuadros generales de las instalaciones receptoras de los usuarios), la toma de tierra, el cuadro de servicios comunes, las puertas RF y las instalaciones correspondientes a los servicios generales del edificio.

Se considera subvencionable la sustitución de pulsadores e interruptores convencionales por detectores de presencia.

Se consideran también costes subvencionables los relativos a la pequeñas obras auxiliares de construcción necesarias para acometer la instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura.

Documentos asociados

Boletín: 15/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 52
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/03/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 52
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento