Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la movilidad de escritores/as de literatura catalana o aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S28319/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2017. Barcelona, 18 de mayo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, para la concesión de subvenciones del
Institut Ramon Llull a la movilidad de escritores/as de literatura catalana o aranesa fuera del dominio
lingüístico de ambas lenguas para desplazamientos que se lleven a cabo entre el 16 de septiembre de 2017 y
el 15 de septiembre de 2018.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Ramón Llull (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidos en la base 5, hasta un máximo de 1.000,00 euros por escritor/a y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los/las escritores/as de literatura catalana o aranesa que
cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado español, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si la persona solicitante no tiene la residencia fiscal en el territorio estatal, deberá presentar una declaración responsable donde lo haga constar.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Las personas solicitantes de las ayudas se deben adherir al código ético que figura como anexo.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7358
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 05/06/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7635
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento