Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo.
Código de ayuda:
S30246/25Norma:
Resolución de 23 de octubre de 2025. Orden de 10 de noviembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de noviembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Será objeto de esta subvención la compensación económica a las empresas que han posibilitado la realización, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de prácticas profesionales no laborales siempre y cuando dichas prácticas hayan finalizado en el periodo comprendido entre el 29 de octubre de 2024 y el 7 de noviembre de 2025, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, vinculadas a acciones formativas de formación profesional para el empleo financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, de acuerdo con el capítulo II de la Orden de 10 de noviembre de 2021.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor
AndalucíaConvoca:
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima subvencionable será el resultado de multiplicar tres euros (3€) por alumno/a por horas de prácticas profesionales no laborales realizadas.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar la subvención y resultar empresas beneficiarias, aquellas empresas donde se hayan realizado las prácticas profesionales no laborales vinculadas a las acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el período temporal indicado en los resuelves primero y tercero. Se incluyen las entidades e instituciones sin ánimo de lucro.Requisitos:
a) Haber suscrito un acuerdo con la entidad de formación para la realización de las prácticas profesionales no laborales, conforme al artículo 6 de la Orden de 10 de noviembre de 2021.b) En el supuesto contemplado en el artículo 14.1 de la Orden de 10 de noviembre de 2021, de prácticas no vinculadas a certificados de profesionalidad cuya financiación no haya sido programada y aprobada inicialmente, haber sido autorizadas por la Delegación Territorial correspondiente.
c) Haber llevado a cabo y gestionado las prácticas profesionales no laborales en las condiciones y con el contenido establecido en el capítulo II de la Orden de 10 de noviembre de 2021.
Documentos asociados
Boletín:
17/11/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
29/10/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 208
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
29/10/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 208
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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