Subvenciones en regimen de concurrencia no competitiva para garantizar el acceso a internet de banda ancha via satelite, se regula la seleccion de entidades colaboradoras que participaran en su gestion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S15037/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2013. RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2014. RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2014, en régimen de concurrencia no competitiva, las subvenciones para garantizar el acceso a internet de banda ancha a través de tecnología satélite bidireccional en el medio rural, así como para la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas mediante Resolución de 29 de abril de 2013 (DOG nº 89, de 10 de mayo. Corrección de errores, DOG nº 95, de 21 de mayo).

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda alcanzará el 100 % de la inversión subvencionable, con el límite de 150 euros, y estará condicionada a la permanencia en el servicio durante doce meses.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que pretendan acceder al servicio en su condición de usuarios residenciales.

Las pequeñas y medianas empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La conexión al servicio de acceso a la banda ancha vía satélite en ambos sentidos de comunicación, que tenga asociada una velocidad de transferencia de datos de, como mínimo, 2 Mbps en sentido de la red al usuario (DL). Sólo se subvencionará una conexión por dirección.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables:

b.1. Coste de instalación, incluyendo los materiales precisos para la correcta realización de la misma (soportes, mástiles, canaletas, cable etc.).

b.2. Suministro del equipamiento preciso para distribuir la señal de banda ancha en el interior de las viviendas o instalaciones de las empresas (router wifi, PLC etc.).

Sólo será subvencionable el IVA no recuperable cuando sea costeado de forma efectiva y definitiva por el beneficiario. Por lo tanto, no se considerará subvencionable el IVA soportado por las empresas que sea susceptible de recuperación o compensación.

Requisitos:

1. Residir en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. No disponer de cobertura de banda ancha de calidad de, al menos, 2 Mbps en sentido red-usuario mediante otra tecnología.

3. Solicitar la ayuda para la instalación de la nueva conexión en la dirección de residencia o, en el caso de una empresa, domicilio fiscal.

4. Mantener el nuevo contrato de conexión a internet por un período mínimo de doce meses, contado desde la fecha de alta en el servicio.

5. No haber sido beneficiario de otra subvención para el mismo objeto.

6. Tramitar la solicitud exclusivamente a través de cualquiera de las entidades colaboradoras
que sean seleccionadas por Agader en procedimiento público y abierto.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en los cuales concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007. La acreditación de no estar incurso en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del interesado, con independencia de las comprobaciones que efectúe el órgano gestor.

Igualmente, no podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas que estén excluidas de la aplicación del régimen de minimis, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.1 del reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15.12.2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE L 379/5, de 28.12.2006) o del Reglamento (CE) nº 1535/2007, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector de la producción de los productos agrícolas.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 89
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/05/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 25/03/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 155
Documento: Modificación Descargar Documento
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