Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de las PYMES en Andalucía, por parte de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
Código de ayuda:
S21946/25Norma:
Orden de 10 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto general de la presente línea de subvenciones es favorecer la internacionalización de las pymes enAndalucía y la promoción de sus productos (bienes y servicios) en el extranjero, así como contribuir a la
realización de viajes de prospección internacional para incrementar y consolidar su presencia en los
mercados internacionales.
Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos europeos. (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas o entidades:1. Las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con la definición establecida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2. Asociaciones empresariales con establecimiento operativo en Andalucía, integradas mayoritariamente por pymes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables:- La participación en ferias o exhibiciones no feriales, internacionales.
- Los viajes internacionales de prospección organizados por la Agencia TRADE o el Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).
Requisitos:
a) En el caso de las pequeñas y medianas empresas, ser sociedades que estén válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o bien ser empresarios individuales inscritos en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo y contar con un establecimiento de producción o prestación de servicios en Andalucía.b) En el caso de las asociaciones, estar integradas mayoritariamente por pymes.
c) La entidad solicitante, en la fecha de publicación de la convocatoria, debe tener un centro o
establecimiento operativo en Andalucía.
Documentos asociados
Boletín:
16/07/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 135
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 135
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
05/08/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 149
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 149
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento