Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para colaborar con salas privadas de Cataluña para apoyar la exhibición de espectáculos de artes escénicas.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S29946/18

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/2818/2015, de 26 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/1816/2016, de 21 de julio. RESOLUCIÓN CLT/2143/2017, de 4 de septiembre. RESOLUCIÓN CLT/138/2018, de 2 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1173/2018, de 31 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/1355/2017, de 8 de junio. RESOLUCIÓN CLT/872/2018, de 2 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para
colaborar con salas privadas de Cataluña para el apoyo a la exhibición de espectáculos de artes escénicas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones las empresas teatrales privadas, ya sean personas físicas o jurídicas,
domiciliadas en España o en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que sean propietarias o titulares de la gestión de salas de teatro ubicadas en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Teatros de hasta 400 localidades.

b) Teatros de más de 400 localidades.

Requisitos:

a) Requisito de representaciones a exhibir:

a.1) Exhibir un mínimo de 200 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en un mismo teatro de la ciudad de Barcelona, o de 60 representaciones en un mismo teatro del resto de localidades de Cataluña durante la temporada del año de concesión de la subvención.

a.2) En caso de que se produzca un cambio de ubicación del teatro dentro del periodo establecido en la base

1.2), se deberán exhibir, en el cómputo global de la vieja y la nueva ubicación, un mínimo de 150 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en un mismo teatro de la ciudad de Barcelona, o de 45 representaciones en un mismo teatro de del resto de localidades de Cataluña durante la temporada del año de concesión de la subvención. En este caso, la persona solicitante deberá acreditar la continuidad del proyecto mediante el mantenimiento de la dirección artística y del equipo técnico y de gestión.

A los efectos de los requisitos establecidos en las letras a.1) y a.2), las representaciones de danza, circo y nuevas escenas computarán el doble.

Se entiende por nuevas escenas los nuevos lenguajes de artes escénicas contemporáneos que no pertenecen al teatro, la danza y el circo.

a.3) Exhibir durante la temporada del año de concesión de la subvención un porcentaje de representaciones en catalán o en occitano no inferior al 50% de la programación total de la temporada.

b) Tener derecho a obtener una subvención de como mínimo 1.000,00 euros, tras aplicar el sistema de determinación de la cuantía establecido en la base 7.

c) Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, conforme a la normativa laboral y social aplicable.

Documentos asociados

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