Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico previstas en el Plan Andaluz dePrescripción de Ejercicio Físico (Andalucía en Forma), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa su convocatoria.
Código de ayuda:
S14064/25Norma:
Orden de 24 de abril de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones tiene por objeto la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura y Deporte (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Entidades Locales Andaluzas (provincias, municipios o entidades locales autónomas) que, de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria aplicable al ámbito local, ostenten las competencias relacionadas con la finalidad prevista en la presente orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables aquellos gastos que tengan como finalidad la creación, construcción oadquisición de inmovilizado material, para la renovación/mejora/adaptación de las instalaciones y
equipamientos sobre los que las Entidades locales andaluzas ostenten la propiedad o el derecho de uso
- ya sea en virtud de cesión, arrendamiento, usufructo u otro negocio jurídico de similar naturaleza
- destinadas a las actividades a llevar a cabo por las Unidades Activas de Ejercicio Físico. Entre
los gastos aludidos se comprenden los siguientes:
a) Costes inherentes a la transmisión por terceros, en virtud de cesión, arrendamiento, usufructo o
de cualquier otro negocio jurídico que permita el uso de espacios físicos como los de preparación de
los emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las Unidades Activas de Ejercicio Físico, los
correspondientes a la entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior, los relativos a
la instalación, los honorarios profesionales, tales como los pagados a arquitectos, ingenieros o
fedatarios públicos, así como las comisiones y remuneraciones pagadas a agentes o intermediarios.
b) Costes derivados de la adaptación, mediante obras de reforma, mantenimiento o conservación de los
emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las UAEF,s, así como los de materiales, bienes,
servicios y, en general, cuantos gastos se deriven y sean necesarios para la ejecución de la obra,
incluso los salarios de las personas contratadas o adscritas a la ejecución de las obras, siempre que
no se realicen por el personal propio de la entidad solicitante. Estos salarios corresponderán a
contrataciones temporales por el período que dure la realización de la inversión respectiva, dentro
de los términos y condiciones que al efecto establece la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
c) Los honorarios por redacción de proyectos, peritaciones, etc, relacionados con la cesión,
arrendamiento, usufructo u otro negocio jurídico análogo a los anteriores suscrito con terceros sobre
espacios físicos o con las obras de reforma, mantenimiento o conservación expuestas en los apartados
anteriores.
d) La adquisición del mobiliario y equipamiento necesario para dotar las sedes, siempre que estén
directamente relacionados con las actividades de las UAEF,s, así como los gastos de transporte,
entrega e instalación de maquinarias y equipos.
e) Programas informáticos o sistemas operativos integrados en equipos afectos directamente a las
actividades de las UAEF,s sin los que dichas Unidades no puedan funcionar correctamente, así como los
costes de licencias y otros derechos intangibles que sea necesarios para su puesta en marcha y
funcionamiento.
f) Otros gastos derivados de trabajos realizados por empresas o profesionales que se consideran
imprescindibles para ejecutar la inversión.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
26/05/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras (Extracto) Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Bases Reguladoras (Extracto) Descargar Documento