Subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España2023-2027, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, en el marco de la intervención 68431 relativa a ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, operación 68431_01 Mejora de regadíos.

Código de ayuda:

S26182/25

Norma:

Orden de 1 de septiembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a una gestión eficiente del recurso agua mediante la financiación de proyectos de inversión para la mejora de infraestructuras de riego, que:

a) No conllevan un aumento de la superficie de riego.

b) Se localicen, tanto la infraestructura objeto de la inversión como la superficie de riego afectada por ésta, en zonas rurales de Andalucía, de conformidad con el PEPAC. Esto es, todas las superficies que no estén clasificadas como densamente pobladas según la Metodología de Urbanización de la Comisión (DEGURBA), disponibles a fecha de convocatoria de la subvención, en la página web del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía bajo el epígrafe "Grado de urbanización de los municipios andaluces". Además, dentro de los términos municipales de los municipios densamente poblados, también se considerará como "zona rural" la superficie cuyo uso asignado en SIGPAC sea distinto de "zona urbana" o las zonas urbanas (ZU) que no sean centros de población principales (esto es, las pedanías).

c) Deben permitir una mejora en la gestión integrada del recurso agua, a través de incluir dos de las siguientes actuaciones:
i) Incorporación de herramientas para la monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo. ii) Inclusión de sistemas comunes/colectivos de monitorización automática para el control y seguimiento del contenido de nutrientes, principalmente nitrógeno y potasio así como otros iones potencialmente contaminantes de las masas de agua (nitratos y fosfatos).
iii) Adecuación de balsas para protección de fauna silvestre.
iv) Ejecución de estructuras vegetales de conservación destinadas a la retención y regulación de aguas y/o control de escorrentías, absorción de nutrientes y protección frente a la erosión del suelo, por ejemplo filtros verdes, superficies destinadas a biorreactores o cubiertas vegetales, entre otras.

d) Dispongan, o incluyan la instalación como parte de la inversión, de un contador de agua que permita medir el uso del agua correspondiente a la inversión objeto de la ayuda. Para ello, sin perjuicio de la autorización que requiera su instalación, deberán ser permanentes, accesibles para la Administración, con totalizadores y protegidos contra manipulaciones. No se admitirán dispositivos con mecanismos de puesta del valor a cero. e) Sean viables y sostenibles, técnica y económicamente y estar adecuadamente dimensionadas, es decir, que el proyecto cuente con un análisis de alternativas, justificación técnica de la solución adoptada, una valoración de la situación inicial y un estudio de viabilidad económica incluido un plan de financiación y mantenimiento. f) Aseguren la coherencia con la planificación hidrológica correspondiente y con la Directiva Marco del Agua, además de acreditarse la personalidad jurídica de la entidad solicitante, y sus derechos de uso de agua o título concesional, para lo cual será solicitado informe al correspondiente Organismo de cuenca por el órgano gestor.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El coste de la actuación subvencionable no será mayor de 3.0000.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios

Detalle beneficiarios:

Las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, adscritas al Organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del Texto refundido de la Ley de Aguas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos subvencionables los gastos de ejecución de obra consistentes en la construcción de una balsa de almacenamiento de agua para riego. Dicha balsa debe recibir exclusivamente aguas destinadas a riego incluidas en el título concesional y dar servicio únicamente a las parcelas contempladas en dicho título.

Si bien la inversión proyectada presentada pueda contener varias actuaciones, se considerará subvencionable exclusivamente una balsa de almacenamiento de agua para riego.

Requisitos:

1. Ser titulares de la infraestructura de regadío objeto de la inversión y disponer de las autorizaciones y permisos correspondientes.

2. Disponer de los correspondientes derechos de usos de agua, título concesional o certificado que acredite el derecho de uso de agua, que deberá comprender, al menos, un periodo de 5 años desde la fecha prevista para la finalización de las obras que se pretender subvencionar.

3. Contar con el acuerdo favorable de la Asamblea o Junta General para solicitar la subvención.

4. Comprometerse en el ámbito de la subvención otorgada a ejecutar el proyecto por el que se solicita la ayuda y a mantener las infraestructuras financiadas, contando para ello con el acuerdo favorable de la Asamblea o Junta General.

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 172
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento