Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para residencias de traductores/as de la literatura catalana.

Código de ayuda:

S06837/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2018. Barcelona, 18 de enero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regir la concesión de ayudas a traductores/as que estén trabajando
en la traducción de obras de la literatura catalana para residencias en Cataluña de entre dos y seis semanas, exceptuando las semanas correspondientes al mes de agosto. El objetivo de la estancia es trabajar en la traducción en curso.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Ramón Llull (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe destinado a cubrir los gastos de manutención durante la estancia es de 250,00 euros semanales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones los/las traductores/as extranjeros/as que estén traduciendo una obra
de la literatura catalana (poesía, narrativa, teatro y no ficción), domiciliados en el extranjero, y que tengan un contrato en vigor con una editorial para traducir la obra.

Requisitos:

a) Cumplir los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña y con el Estado español, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si la persona solicitante no tiene la residencia fiscal en el territorio estatal, deberá presentar una declaración responsable donde lo haga constar.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.

e) Las personas solicitantes de las ayudas se deben adherir al código ético que figura como anexo.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2018
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7776
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/01/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7800
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento