Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos para el fomento de la práctica deportiva.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S04173/11

Norma:

Cornellà de Llobregat, 29 de novembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/01/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar actividades de interés público o social que tengan por finalidad:

- Mejorar la cohesión social de la ciudad.

- Promover el asociacionismo que trabaja potenciando servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local.

- Fomentar valores sociales y deportivos y nuevas formas de participación.

- Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado.

- Posibilitar el crecimiento de la práctica deportiva de forma cuantitativa y / o cualitativa de la ciudad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención consiste en un importe fijo y el porcentaje de las subvenciones que se otorgue no excederá, en cualquier caso, del 75% del coste total de los proyectos subvencionables, y hasta la consignación anteriormente fijada, en atención al valor social de la labor que las entidades desarrollan y que sólo ellas pueden realizar así como el interés público de estos proyectos para la ciudad, dado que no se podrían llevar a cabo sin una aportación municipal superior al 50% de su presupuesto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con sede en la ciudad de
Cornellà de Llobregat o que, aunque no tengan su domicilio en este municipio, realicen actividades en defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de la ciudad de Cornellà de Llobregat y, en ambos casos, debidamente inscritas en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos / costes subvencionables los siguientes:

1. Aquellos que sean necesarios para la ejecución del proyecto y atender los principios de buena gestión financiera, en particular de rentabilidad y eficacia.

2. Estén vinculadas claramente a las actividades previstas en el proyecto.

3. Estén previstas en el Presupuesto presentado con la solicitud de la subvención.

4. Efectúen y / o correspondan al período de ejecución del proyecto.

Las comidas: Sólo se subvencionarán los gastos directos de alimentos si se consideran necesarias para la realización de alguna actividad relacionada directamente con el proyecto subvencionado se acredite debidamente la coincidencia de la comida con la fecha de esta actividad. En este caso no se subvencionarán las bebidas alcohólicas a partir de 20 º ni los productos de tabaco.

Requisitos:

1.- Que hayan actualizado los datos en el Registro Municipal dicho, en conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Reglamento Orgánico Municipal (composición Órganos, Junta Directiva, etc. Y, en especial, presupuesto y programa de actividades del ejercicio 2011).

2.- Que hayan justificado las subvenciones anteriormente concedidas, el plazo de justificación de las que ya haya finalizado.

3.- Que los Proyectos garanticen que la entidad dispone de una estructura por edades con una oferta consecutiva:

- PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA PRACTICA DEPORTIVA: para 3 categorías de las 9 posibles
(Promesas, prebenjamín, benjamín, alevín, infantil, cadete, juvenil / junior, senior, veterano) donde exista una oferta de senior y / o veterano.

- PROYECTOS DE INICIACIÓN A LA PRÁCTICA DEPORTIVA DE COMPETICIÓN EN ESCUELAS DEPORTIVAS: para 5 categorías de las 7 posibles en edad escolar (promesas, prebenjamín, benjamín,
alevín, infantil, cadete, juvenil)

4.- Que la puntuación mínima que obtengan, una vez aplicado el baremo específico de valoración sea la siguiente:

- PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA PRACTICA DEPORTIVA: 5 puntos

- PROYECTOS DE INICIACIÓN A LA PRÁCTICA DEPORTIVA DE COMPETICIÓN EN ESCUELAS DEPORTIVAS: 5 puntos

5.- Las entidades deportivas con escuela, podrán optar por cada uno o ambos conceptos, presentando solicitudes independientes por conceptos.

6.- Las entidades deportivas sin escuela solamente, podrán optar a los PROYECTOS PARA EL FOMENTO DE LA PRACTICA DEPORTIVA.

7.- Las entidades que lo soliciten por primera vez no recibirán subvención durante el ejercicio / curso que la pidan, para de propiciar el seguimiento durante un ejercicio / curso por el técnico municipal competente, a efectos de valoración de su programa.

8.- No podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2010
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento