Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación a representantes legales de las personas trabajadoras y a delegados y delegadas de prevención y al sector empresarial en materia de prevención de riesgos laborales.

Código de ayuda:

S43000/18

Norma:

Orden de 6 de agosto de 2018. Resolución de 18 de septiembre de 2018. Resolución de 19 de Agosto de 2019.

Plazo de Solicitud:

Entre el 16 de septiembre y el 4 de octubre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la concienciación en materia de seguridad y salud laboral tanto de los delegados y delegadas de
prevención, como de los empresarios y empresarias, representantes empresariales y mandos intermedios, así
como la información y el asesoramiento colectivo en materia de prevención de riesgos laborales y facilitar
la adquisición de conocimientos, habilidades y capacidades necesarias para desarrollar la función que
tienen en materia de seguridad y salud laboral, que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad
y salud laboral de la población laboral y el tejido empresarial andaluz.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con la siguiente cuantía máxima para cada tipo de entidad solicitante:

organizaciones sindicales:

-de carácter intersectorial 200.000 euros.

-de carácter sectorial 50.000 euros.

organizaciones empresariales:

-de carácter intersectorial autonómico 200.000 euros.

-de carácter intersectorial provincial 100.000 euros.

-de carácter sectorial autonómico 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Organizaciones sindicales, tanto de carácter sectorial como intersectorial, que conforme a la Ley
Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, tengan representatividad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Organizaciones empresariales intersectoriales de ámbito autonómico o provincial y organizaciones empresariales sectoriales de ámbito autonómico, sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines estatutarios la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales en materia de prevención de riesgos laborales, y que hayan sido constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyectos de formación dirigidos a delegados y delegadas de prevención y representantes del personal y
al sector empresarial en materia de prevención de riesgos laborales.

El número máximo de participantes en cada acción de formación se determinará aplicando criterios de
eficacia y eficiencia que permitan compatibilizar la optimización de los recursos financieros y cubrir las necesidades específicas objeto de las respectivas convocatorias, sin que puedan obtener subvención aquellas acciones formativas que no cuenten con el número mínimo de participantes que se establezca en las respectivas convocatorias.

Se establecen las siguientes modalidades:

1. Cursos presenciales dirigidos a delegados y delegadas de prevención y representantes de los trabajadores.

Cursos presenciales cuya necesidad de formación se justifique por la entidad solicitante y que reúnan los
requisitos específicos de duración y alumnado que se determinen en cada convocatoria. Los citados
programas formativos han de recoger como parte de su contenido formación en cultura preventiva, cuyo
contenido se adecuará a la metodología desarrollada por el IAPRL.

2. Cursos presenciales dirigidos al empresariado, representantes empresariales y mandos intermedios.

Cursos presenciales cuya necesidad de formación se justifique por la entidad solicitante y que reúnan los
requisitos específicos de duración y alumnado que se determinen en cada convocatoria. Los citados
programas formativos han de de recoger como parte de su contenido formación en cultura preventiva, cuyo
contenido se adecuará a la metodología desarrollada por el IAPRL.

Requisitos:

Entidades que cumpliendo los requisitos del apartado 4.a)1º, estén radicadas en el ámbito territorial de Andalucía que realicen proyectos formativos en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva destinados a delegados y delegadas de prevención y al sector empresarial, debiendo las acciones formativas desarrollarse en el territorio de esta Comunidad.

Las organizaciones sindicales impartirán las acciones formativas, prioritariamente, para sus propios delegados y delegadas de prevención, sin que puedan negar la impartición a los delegados y delegadas independientes, esto es, aquellos que no pertenezcan a una organización sindical. En todo caso se velará porque la formación sea impartida en situación equilibrada respecto a hombres y mujeres, tanto en lo referente al profesorado como al alumnado.

Documentos asociados

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