Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para proyectos de ahorro y eficiencia energetica referidos a la renovacion de las instalaciones de iluminacion publica exterior existentes en los ayuntamientos de Galicia (ILE), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S02791/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de subvenciones de renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes (ILE), basadas en tecnologías obsoletas, por otras actuales y más eficientes, aplicando criterios de ahorro y eficiencia energética que –según se establece en el Real decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de iluminación exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 y EA-07 (BOE núm. 279, de 19 de noviembre)– consigan una calificación energética A o B. No se subvencionarán proyectos que tengan una calificación energética igual o inferior a C.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Energético de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de subvención será en general del 70 % de la inversión elegible, toda vez que esta inversión elegible será como máximo de 60.000 €. En el caso de fusión, agrupación o asociación de ayuntamientos la cuantía máxima se incrementará en un 15 %, de lo que le correspondería a cada ayuntamiento en el caso de presentación individual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

– Los ayuntamientos de Galicia que efectúen su solicitud individualmente.

– Los ayuntamientos de Galicia que formulen su petición de manera conjunta constituidos en agrupación o asociación. En estos casos, se deberá hacer constar expresamente en el convenio de colaboración que suscribirán los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de los integrantes, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios.

Deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación o asociación con poder bastante para cumplir con las obligaciones propias de los beneficiarios de una subvención.

No podrá disolverse la agrupación o asociación constituida hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

– Las mancomunidades y consorcios locales de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de ahorro y eficiencia energetica referidos a la renovacion de las instalaciones de iluminacion publica exterior existentes en los ayuntamientos de Galicia (ILE), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013.

Requisitos:

Todos los beneficiarios de las ayudas tendrán que cumplir, además, con el requisito de haber remitido las cuentas del ejercicio presupuestario 2012 al Consejo de Cuentas de Galicia.

En el caso de solicitud conjunta para la gestión compartida, tal requisito será exigible de
cada uno de los miembros de la agrupación o asociación. La falta de este requisito por parte de alguno de los ayuntamientos será motivo suficiente para no admitir a trámite a solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento