Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en marcha de proyectos experienciales de empleo y formación, en 2026.

Código de ayuda:

S05200/26

Norma:

Resolución 14/2026, de 17 de febrero. Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de marzo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la ejecución de proyectos experienciales de empleo y formación dirigidos a mejorar la ocupabilidad, la cualificación y la inserción profesional de las personas desempleadas.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Conserjería de Educación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la beca será de 9 € por día lectivo asistido, conforme a lo previsto en la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, o norma que en su momento la sustituya.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades y corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que tengan sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDE/81/2025, de 15 de diciembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Grupo A: costes salariales del personal directivo, formativo y de apoyo que haya sido seleccionado o aprobado para el proyecto, incluidos los originados por las cuotas del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos, incluyendo el desempleo, FOGASA y formación profesional.

Grupo B: gastos de formación y funcionamiento señalados a continuación:
a) Gastos del seguro de accidentes del alumnado durante la primera etapa del proyecto
b) Medios didácticos necesarios para el desarrollo del plan formativo
c) Equipamiento de los alumnos y alumnas y personal formativo y de apoyo
d) Material de consumo para las prácticas
e) Gastos correspondientes a salidas y actividades formativas de las personas participantes y personal formador que les acompañe, siempre que estén directamente relacionadas con el plan formativo, así como gastos de kilometraje del equipo del proyecto, por desplazamientos necesarios y relacionados con la gestión del mismo.
f) Gastos de combustibles de automoción y los necesarios para el funcionamiento de la maquinaria utilizada en el proyecto.
g) Gastos de mantenimiento de maquinaria y equipos necesarios para el desarrollo del proyecto.
h) Alquiler de instalaciones, maquinaria, equipos y vehículos, necesarios para el desarrollo del proyecto.
i) Gastos de amortización de instalaciones, equipos y mobiliario destinados al proyecto. Para calcular la cantidad amortizable cada año se utilizarán los coeficientes de amortización y los años de vida útil del bien establecidos en la tabla de coeficientes anuales de amortización aprobada por la normativa vigente.
j) Herramientas y útiles y necesarios para el desarrollo del proyecto cuyo coste unitario de adquisición sea inferior a 300 euros.
k) Cursos o acciones formativas que puntualmente sean impartidos por docentes no vinculados por una relación jurídico laboral con la entidad beneficiaria que deberán ser autorizadas previamente por la consejería con competencias en materia de Empleo.
l) Valla o cartel anunciador del proyecto, según modelo normalizado.
m) Gastos de suministros (energía eléctrica, agua y combustible para calefacción), comunicaciones (teléfono, fibra, etc.), limpieza, material de oficina, fotocopias y otros gastos corrientes de funcionamiento necesarios para el desarrollo y siempre que puedan identificarse de una manera indubitada con el proyecto y devengados durante la ejecución del mismo, cuantificándose conforme a criterios objetivos y razonables y estén incluidos en la memoria de solicitud.

Grupo C: serán subvencionables los costes salariales derivados de los contratos para la formación y el aprendizaje que se suscriban con las personas participantes incluidas las cuotas a cargo de la entidad empleadora correspondientes a contingencias comunes y profesionales, FOGASA y desemmpleo.

Documentos asociados

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