Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S35219/16

Norma:

Orden de 7 de septiembre de 2016. Resolución de 8 de septiembre de 2016. Resolución de 10 de marzo de 2017. Resolución de 30 de mayo de 2018. Resolución de 29 de julio de 2019. Resolución de 5 de junio de 2020. Resolución de 5 de marzo de 2021. Resolución de 12 de abril de 2022. Resolución de 11 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación correspondiente a cada una de las líneas se ha recogido en el cuadro del apartado Primero del presente extracto. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será, según la línea a la que concurran:

Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos 30.000 euros.

Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años 30.000 euros.

Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años. 80.000 euros.

Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años. 80.000 euros.

Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras y/u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía. 120.000 euros.

Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada ubicadas en la comunidad autónoma de Andalucía. 90.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Línea 1: Personas físicas y jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de
interés cultural en relación con el teatro, el circo, la música o la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza.

Línea 2: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro o el circo, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.

Línea 3: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro o el circo, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.

Línea 4: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de
interés cultural en relación con la música y la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.

Línea 5: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de
interés cultural en relación con la música y la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.

Línea 8: Personas físicas y jurídicas privadas que vayan a llevar a cabo la gestión de salas de exhibición escénica en instalaciones ubicadas en el ámbito territorial de la comunidad autónoma andaluza y cuya actividad principal sea la exhibición comercial de espectáculos de carácter profesional de artes escénicas o música.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos.

b) Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.

c) Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

d) Línea 4: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar
o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.

e) Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar
o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.

f) Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía.

g) Línea 7: Subvenciones a la actividad de los teatros de titularidad pública que cuenten con la
colaboración estable de al menos un año de compañías de teatro, danza o circo, o formaciones musicales, en régimen de residencia artística.

h) Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada.

Requisitos:

Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de
personas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la producción,
comercialización y/o distribución de espectáculos de teatro, danza, circo o música, pudiendo obtener la
condición de beneficiaria aquellas entidades que además tengan incluido en su objeto social la
representación de artistas, compañías o formaciones para su comercialización y distribución.

Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de
personas físicas, que se dediquen profesionalmente a la producción, comercialización y/o distribución
de espectáculos de teatro, danza, circo o música.

En todo caso, obtendrá la condición de persona o entidad beneficiaria aquella que realice la actividad
que, en su caso, fundamente el otorgamiento de la subvención.

Constituye un requisito indispensable para obtener la condición de beneficiaria que las personas o
entidades solicitantes acrediten, en el caso de resultar beneficiarios provisionales, compromisos de
contratación (contratos, precontratos, acuerdos o cartas de invitación) para un mínimo de tres
representaciones, por parte de dos o más teatros o salas de conciertos o bien un compromiso de
contratación para al menos una representación o concierto en la programación oficial de una feria o
festival.

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