Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.- Convocatoria 2023.
Código de ayuda:
S35219/16Norma:
Orden de 7 de septiembre de 2016. Resolución de 8 de septiembre de 2016. Resolución de 10 de marzo de 2017. Resolución de 30 de mayo de 2018. Resolución de 29 de julio de 2019. Resolución de 5 de junio de 2020. Resolución de 5 de marzo de 2021. Resolución de 12 de abril de 2022. Resolución de 11 de abril de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de mayo de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para la promoción del teatro, la música, la danza y el circo en Andalucía.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La dotación correspondiente a cada una de las líneas se ha recogido en el cuadro del apartado Primero del presente extracto. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será, según la línea a la que concurran:Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos 30.000 euros.
Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años 30.000 euros.
Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años. 80.000 euros.
Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años. 80.000 euros.
Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras y/u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía. 120.000 euros.
Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada ubicadas en la comunidad autónoma de Andalucía. 90.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Línea 1: Personas físicas y jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos deinterés cultural en relación con el teatro, el circo, la música o la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza.
Línea 2: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro o el circo, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.
Línea 3: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de interés cultural en relación con el teatro o el circo, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.
Línea 4: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de
interés cultural en relación con la música y la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.
Línea 5: Personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción y gira de espectáculos de
interés cultural en relación con la música y la danza, que presten servicio al sector profesional de las artes escénicas y al público en el ámbito de la comunidad autónoma andaluza o que desarrollen la actividad objeto de la subvención en Andalucía.
Línea 8: Personas físicas y jurídicas privadas que vayan a llevar a cabo la gestión de salas de exhibición escénica en instalaciones ubicadas en el ámbito territorial de la comunidad autónoma andaluza y cuya actividad principal sea la exhibición comercial de espectáculos de carácter profesional de artes escénicas o música.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Línea 1: Apoyo a la distribución de espectáculos.b) Línea 2: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.
c) Línea 3: Apoyo a la producción de espectáculos de teatro y circo dirigidos a público adulto, familiar o infantil y juvenil, de compañías de teatro o circo, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.
d) Línea 4: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar
o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional inferior a 3 años.
e) Línea 5: Apoyo a la producción de espectáculos de música y danza dirigidos a público adulto, familiar
o infantil y juvenil, de formaciones de música o compañías de danza, con trayectoria artística profesional superior a 3 años.
f) Línea 6: Subvenciones para la organización de ferias, festivales, muestras u otros eventos de exhibición escénica o musical en Andalucía.
g) Línea 7: Subvenciones a la actividad de los teatros de titularidad pública que cuenten con la
colaboración estable de al menos un año de compañías de teatro, danza o circo, o formaciones musicales, en régimen de residencia artística.
h) Línea 8: Subvenciones a salas de exhibición escénica de gestión privada.
Requisitos:
Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso depersonas jurídicas, que dentro del objeto social de la entidad solicitante esté incluida la producción,
comercialización y/o distribución de espectáculos de teatro, danza, circo o música, pudiendo obtener la
condición de beneficiaria aquellas entidades que además tengan incluido en su objeto social la
representación de artistas, compañías o formaciones para su comercialización y distribución.
Constituye un requisito indispensable para poder obtener la condición de beneficiaria, en el caso de
personas físicas, que se dediquen profesionalmente a la producción, comercialización y/o distribución
de espectáculos de teatro, danza, circo o música.
En todo caso, obtendrá la condición de persona o entidad beneficiaria aquella que realice la actividad
que, en su caso, fundamente el otorgamiento de la subvención.
Constituye un requisito indispensable para obtener la condición de beneficiaria que las personas o
entidades solicitantes acrediten, en el caso de resultar beneficiarios provisionales, compromisos de
contratación (contratos, precontratos, acuerdos o cartas de invitación) para un mínimo de tres
representaciones, por parte de dos o más teatros o salas de conciertos o bien un compromiso de
contratación para al menos una representación o concierto en la programación oficial de una feria o
festival.
Documentos asociados
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