Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la producción de videoclips.

Código de ayuda:

S66300/08

Norma:

RESOLUCIÓN CMC/3168/2008, de 22 de octubre. RESOLUCION CMC/3057/2008, de 9 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/11/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la producción de videoclips.

Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases reguladoras que figuran en el anexo de la Resolución CMC/3057/2008, de 9 de octubre (DOGC núm. 5241, de 22.10.2008), y por la normativa general de subvenciones.

La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 180.000 euros, que se financian con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del ICIC para el año 2008.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones es de 2.200 euros por videoclip y no puede superar el 80% de su coste, IVA no incluido.
Las subvenciones son concedidas en función de las disponibilidades presupuestarias y de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración que establece la base 7.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las empresas discográficas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña que encarguen la actividad descrita en la base 1.

No pueden optar las entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El objeto de esta línea de subvenciones es dar soporte a la producción de videoclips promocionales de ediciones discográficas.

Los videoclips objeto de subvención han de estar realizados durante el año de la publicación de la convocatoria correspondiente.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son compatibles con otras ayudas para el mismo proyecto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con otras ayudas para el mismo proyecto del resto de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes, así como de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, y con otros ingresos o recursos para la misma finalidad, sin perjuicio de lo que establece la base 14.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5241
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/10/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5247
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento