Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para la produccion de largometrajes cinematograficos detentores de meritos artisticos y culturales.
Código de ayuda:
S20928/09Norma:
RESOLUCION CMC/686/2009, de 10 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos que tengan méritos artísticos y culturales que contribuyan de forma decidida a la innovación y diversidad del lenguaje audiovisual, a través de los cuales los realizadores puedan reflejar sus inquietudes artísticas y profesionales. Asimismo, se quieren promover las producciones cinematográficas que en el marco de este objeto sean la ópera prima o el segundo largometraje de un nuevo realizadorCategorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas de producción cinematográfica independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.Requisitos:
a) Los realizadores deberán ser residentes o nacidos en Cataluña.b) El destinatario de la subvención debe encargarse de la producción ejecutiva del proyecto.
c) Incorporar en el rodaje, en régimen de prácticas para alguna de las especialidades de guión, producción, dirección, fotografía o montaje, a alumnos/as o graduados/as de centros de estudios audiovisuales reglados o universitarios de enseñanza audiovisual de Cataluña.
d) En caso de largometrajes de ficción, un mínimo del 75% del gasto en la producción y posproducción de la participación catalana en la película deberá corresponder a trabajos efectuados por persones físicas o jurídicas domiciliadas o con establecimiento permanente en Cataluña.
e) En el caso de producciones cinematográficas en régimen de coproducción, el porcentaje de participación de las empresas mencionadas en el párrafo anterior deberá ser mayoritario.
Documentos asociados
Boletín:
19/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5342
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5342
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento