Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora y la renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña.

Código de ayuda:

S52455/08

Norma:

ORDEN PTO/353/2008, de 15 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Hacer pública la convocatoria para el año 2008 para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para incentivar la realización de actuaciones de mejora y de renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña comprendidas en el ámbito territorial del Plan director de las estaciones de montaña, aprobado por el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 23 de mayo de 2006.

Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de las subvenciones, que constan en el anexo de esta Orden.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Política Territorial y Obras Públicas (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención será el siguiente:

a) En el supuesto de las actuaciones de mejora y renovación de las infraestructuras destinadas a la producción de nieve, a las cuales se refiere la base 1.2.a), el importe máximo de las subvenciones será de un 20% del coste del proyecto, con un límite máximo de 250.000,00 euros por estación.

b) En el supuesto de las actuaciones de ampliación y renovación de las infraestructuras de los sistemas de transporte, el importe máximo de las subvenciones será de un 10% del coste del proyecto, con un límite máximo de 250.000 euros por estación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a estas subvenciones las entidades gestoras de las estaciones de montaña a que hace referencia el Plan director de estaciones de montaña, que sean personas jurídicas, públicas o privadas.

Las personas beneficiarias no pueden incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Las estaciones de montaña para las cuales se soliciten las subvenciones reguladas en estas bases tienen que haber sido operativas, como mínimo, durante una temporada en el periodo 2006-2008.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas subvenciones tienen por objeto incentivar la realización de actuaciones de mejora y de renovación de las instalaciones de producción de nieve y de los sistemas de transporte de las estaciones de montaña incluidas en el Plan director de las estaciones de montaña 2006-2011, aprobado por el Gobierno de la Generalidad en fecha 23 de mayo de 2006.

Las actuaciones de mejora y renovación de las instalaciones destinadas a la producción de nieve, a las cuales se refiere el párrafo anterior, pueden comprender:

a) La ampliación, la mejora y la renovación de las instalaciones existentes.
b) La implantación de nuevas instalaciones destinadas a esta finalidad.

Con respecto a los sistemas de transporte de las estaciones, las actuaciones subvencionables pueden comprender la ampliación y la renovación de las instalaciones existentes.

No será subvencionable, en el caso de las instalaciones de producción de nieve, la captación de agua.

Documentos asociados

Boletín: 21/07/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5177
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento