Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2026.
Código de ayuda:
S14291/26Norma:
Orden de 27 de mayo de 2020. Resolución de 14 de mayo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de junio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones de conformidad con la Orden de 27 de mayo de 2020, de la Consejería de Salud, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, modificada por la Orden de 27 de abril de 2021 y por Orden de 30 de enero de 2025, para la Línea de Proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación en Biomedicina y en Ciencias de la Salud.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
AndalucíaConvoca:
Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.º Proyectos de investigación en salud de temática general: 133.100 euros, incluido el 21% de costes indirectos.2º. Proyectos de investigación en atención primaria: 48.400 euros, incluido el 21% de costes indirectos.
3.º Proyectos de investigación e innovación de colaboración público-privada: 400.000 euros, incluido el 21% de costes indirectos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las fundaciones gestoras de la investigación de los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Bienes y servicios: material fungible, material bibliográfico, arrendamientos de equipos, licencias de software y servicios externos.b) Gastos de contratación de personal específicamente para el proyecto, incluyendo salarios, cuotas patronales de la Seguridad Social, indemnizaciones legalmente y otros gastos derivados de la contratación debidamente justificados. Las modalidades de contratación se acogerán a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
c) Desplazamientos, alojamientos y manutención según las cuantías máximas de indemnizaciones por razón del servicio establecidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, de indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, exclusivamente para las personas que forman parte del grupo de investigación o innovación o contratadas con cargo al proyecto de investigación financiado.
d) Gastos de inscripciones a congresos o jornadas para la presentación y difusión de los resultados, a partir del segundo año de ejecución del proyecto para un máximo de dos comunicantes por actividad.
e) Gastos para publicaciones, con un máximo de 2.000 euros anuales .
f) Otros gastos debidamente justificados y necesarios para la realización del proyecto, como seguros obligatorios en ensayos clínicos y otros estudios, suministros dietéticos especiales relacionados con el proyecto, consultorías científicas, accesos a bases de datos, traducciones, etc.
g) Costes indirectos. En proyectos con gastos autofinanciados el importe de los costes indirectos será el 21% del coste directo de dicha actividad, sin necesidad de justificación. Estos costes indirectos no pueden suponer gastos directos del proyecto.
Requisitos:
- Deberán estar inscritas en el correspondiente registro de fundaciones de la Junta de Andalucía y tener entre sus fines el desarrollo o fomento de la investigación en salud.REQUISISTOS DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
- Los proyectos deberán ser realizados por grupos o equipos de investigación e innovación pertenecientes a los centros sanitarios del SSPA, a las fundaciones gestoras de la investigación del SSPA o a cualquier centro o instituto de investigación participado por el SSPA que realice investigación biomédica y en ciencias de la salud, incluidos los grupos del Plan Andaluz de Investigación e Innovación.
- Los proyectos de investigación o innovación contarán con una o dos personas que actuarán como investigadoras/innovadoras principales, en adelante IP, que serán las máximas responsables de la ejecución cientifico-técnica del proyecto, y que deberán cumplir las siguientes condiciones de dedicación y de compatibilidad en el momento de la solicitud y durante el tiempo que dure la ejecución de la ayuda concedida:
a) Deberán ser profesionales de los centros sanitarios del SSPA, de las fundaciones gestoras de la investigación del SSPA o desarrollar su actividad investigadora o de innovación en centros e institutos de investigación participados por la Consejería competente en materia de salud.
b) Al menos una de las dos personas IP del proyecto deberá tener relación contractual permanente con su entidad contratante durante el tiempo de duración del proyecto.
c) Una persona IP solo podrá solicitar un proyecto en cada convocatoria. En caso de solicitar más de un proyecto solo se tramitará la solicitud que tenga entrada en primer lugar, entendiéndose desistida del resto.
d) Una de las dos personas IP tendrá que dedicarse en exclusiva a la dirección del proyecto, por lo tanto no podrá ser IP de otro proyecto financiado en otras convocatorias públicas de concurrencia competitiva en la fecha de la solicitud.
e) La persona IP no podrá encontrarse en periodo de formación como personal becario.
f) La persona IP no podrá mantener una relación laboral especial con contrato como especialista en formación mediante el sistema de residencia.
g) La persona IP no podrá participar como persona colaboradora en ningún proyecto.
- Las personas integrantes en el grupo de investigación o innovación solo podrán participar como colaboradoras en dos proyectos de una misma convocatoria.
- Las personas contratadas para la realización del proyecto no serán consideradas miembros del grupo de investigación o innovación.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 104
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
20/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 95
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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Boletín:
20/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 95
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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