Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, para la ejecucion de programas de cooperacion para el desarrollo en el exterior promovidos por las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y por la que se convocan las correspondientes al año 2009.
Código de ayuda:
S47046/09Norma:
Orden de 28 de mayo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de la concesión de subvenciones a las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo para la ejecución de programas en el exterior.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Economía y Hacienda (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones no gubernamentales.Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, con por lo menoscinco años de antelación al de la publicación de esta convocatoria.
b) Haber realizado en los últimos cinco años un mínimo de cuatro intervenciones de cooperación para
el desarrollo, alguna de ellas, con financiación de la Xunta de Galicia o cofinanciadas con un mínimo de
un 20% por donantes gallegos o con fondos propios de la entidad en Galicia.
c) Haber realizado nos últimos cinco años un mínimo de cuatro intervenciones formativas, de sensibilización
o de fortalecimiento de la ONGD, alguna de ellas, con financiación de la Xunta de Galicia.
d) Disponer de personal contratado en Galicia. Por personal contratado se entiende el personal por cuenta
ajena cuyo empleador es la ONGD y cuya relación laboral esta formalizada mediante contrato laboral
sometido al Estatuto de los trabajadores. Como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria,
la ONGD deberá tener una persona contratada en régimen de jornada completa.
e) Haber justificado, en su caso, y antes de la fecha de presentación de la solicitud para la presente convocatoria, las ayudas recibidas con cargo a la anualidad 2007, por parte de la Xunta de Galicia a otros
proyectos en materia de cooperación al desarrollo. Asimismo, es necesario que se hubiera efectuado el
correspondiente ingreso, en los casos en que, sobre los beneficiarios de ayudas económicas, hubiese
recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro.
f) No estar incurso en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia.
g) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, sociales y fiscales y no estar incurso en ningún procedimiento de reintegro o sanción con la Xunta de Galicia sobre ayudas, así como no mantener ninguna deuda por cualquier concepto con la Hacienda autonómica.
h) Contar con la capacidad financiera, los recursos humanos y la capacidad operacional suficiente para el
correcto desarrollo de los programas, acreditándolas en los términos que establece el artículo 6º. Igualmente será preciso que la entidad responda a los criterios de necesaria solvencia estructural, organizativa, de resultados y procedimientos, en la relación con el entorno en Galicia y en los países en que actúe, y en la gestión económica que se establecen asimismo en el artículo 6º.
Documentos asociados
Boletín:
18/06/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 118
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento