Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de programas de cooperaciónpara el desarrollo en el exterior promovidos por las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.
Código de ayuda:
S53982/08Norma:
Resolucion de 18 de julio de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras que figuran como anexo de esta resolución para la concesión de subvenciones a programas de cooperación para el desarrollo en el exterior promovidos por las organizaciones no gubernamentales de desarrollo.Convocar las subvenciones con cargo a los presupuestos generales de la comunidad autónoma para el
período 2008-2011 de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en esta resolución.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La Xunta de Galicia podrá financiar hasta un 90% del presupuesto total del programa, no siendo en ningún caso la subvención concedida inferior a 300.000 euros y superior a 1.000.000 de euros.La subvención concedida se distribuirá por anualidades, de la siguiente manera:
-Para los programas que se ejecuten íntegramente en el período 2008-2010: 30% en 2008, 35% en
2009, y 35% en 2010.
-Para los programas que se ejecuten íntegramente en el período 2008-2011: 30% en 2008, 30% en
2009, 20% en 2010, y 20% en 2011.
Asimismo, en las cuantías que se soliciten por anualidad se habrá de respetar, en la medida de lo
posible, un equilibrio entre el gasto correspondiente a infraestructuras, equipamientos, compra de terrenos e inmuebles y fondo rotatorio (capítulo VII) y el resto de conceptos (capítulo IV).
Los intereses que, en su caso, generen los fondos transferidos por la Xunta de Galicia, se reinvertirán en costes directos, de forma que no podrán ser imputados a costes indirectos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo.Requisitos que deben reunir las entidades solicitantes:
a) Estar legalmente constituidas, por lo menos, con cinco años de anterioridad a la fecha de publicación
de esta convocatoria. En el supuesto que la ONGD había sufrido modificación en su forma jurídica de
asociación o fundación, se respetará la antigüedad siempre que esta circunstancia esté acreditada en los
estatutos de la joven entidad.
b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Tener domicilio social o delegación permanente en Galicia. En este último caso, la delegación asumirá
la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y se comprometerá al mantenimiento de la
documentación y gestión de todos los procesos en su oficina de Galicia.
d) Estar inscritas en el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, con por lo menos
cinco años de antelación al de la publicación de esta convocatoria. En el supuesto que la ONGD haya
sufrido modificación en su forma jurídica de asociación o fundación, se respetará la antigüedad siempre
que esta circunstancia esté acreditada en los estatutos de la joven entidad.
e) Haber realizado en los últimos cinco años un mínimo de cuatro intervenciones de cooperación para
el desarrollo, alguna de ellas, con financiación de la Xunta de Galicia o cofinanciadas con un mínimo de
un 20% por donantes gallegos o con fondos propios de la entidad en Galicia.
f) Haber realizado en los últimos cinco años un mínimo de cuatro intervenciones formativas, de sensibilización o de fortalecimiento de la ONGD, alguna de ellas, con financiación de la Xunta de Galicia.
g) Disponer de personal contratado en Galicia. Por personal contratado se entiende el personal por cuenta
ajena cuyo empregador es la ONGD y cuya relación laboral está formalizada mediante contrato laboral
sometido al Estatuto de los trabajadores. Como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria,
la ONGD deberá tener una persona contratada en régimen de jornada completa.
h) Haber justificado, en su caso, y antes de la fecha de presentación de la solicitud para la presente convocatoria, las ayudas recibidas con cargo a la anualidad 2006, por parte de la Xunta de Galicia, a otros
proyectos en materia de cooperación al desarrollo.
Asimismo, es necesario que se había efectuado el correspondiente ingreso, en los casos en que, sobre
los beneficiarios de ayudas económicas, recayera resolución administrativa o judicial firme de reintegro.
i) No estar incurso en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 92007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia.
l) Estar al corriente de sus deberes tributarios, sociales y fiscales y no estar incurso en ningún procedimiento de reintegro o sanción con la Xunta de Galicia sobre ayudas, así como no mantener ninguna deuda por cualquier concepto con la Hacienda autonómica.
m) Contar con la capacidad financiera, los recursos humanos y la capacidad operacional suficientes para
el correcto desarrollo de los programas, acreditándolo en los términos en que establece el artículo 6º. Igualmente será preciso que la entidad responda a los criterios de necesaria solvencia estructural, organizativa, de resultados y procedimientos, en la relación con el entorno en Galicia y en los países en que actúe, y en la gestión económica que se establecen asimismo en el artículo 6º.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de subvenciones a las organizaciones nogubernamentales para el desarrollo para la ejecución de programas en el exterior.
Los programas son una herramienta de largo recorrido que contribuye a la consolidación de procesos de desarrollo a medio plazo. Están encaminados a apoyar procesos de transformación integrales en los
países en vías de desarrollo, contribuyendo de una manera efectiva a la lucha contra la pobreza mediante
la promoción de un desarrollo socioeconómico y cultural sostenible.
Consultar Artículo 9º.
Requisitos:
a) No estar iniciada su ejecución con anterioridad al 2 de enero de 2008. Los programas tendrán una duración mínima de 25 meses y máxima de 45 meses, debiendo estar ejecutada en todo caso la totalidad del programa antes del 1 de octubre de 2011.b) Insertarse en alguna de las siguientes prioridades geográficas: América Central (Guatemala, Honduras,
Nicaragua y El Salvador); Caribe (Cuba, Haití y República Dominicana); América del Sur (Bolivia,
Ecuador y Perú); África (Angola, Cabo Verde, Guinea-Bissáu, Mauritania, Mozambique, Namibia y Senegal), los campamentos saharauis, y cualquiera otro país de los menos adelantados (PMA). Dentro de
estos países, se considerarán exclusivamente, aquellas zonas definidas como tales en los planes de
actuación por país (PAP) que estén aprobados en la fecha de publicación de esta convocatoria y que estarán disponibles en la página web oficial de la cooperación gallega.
c) Insertarse en las prioridades sectoriales coincidentes con lo establecido exclusivamente en los PAP que estén aprobados en la fecha de publicación de la presente convocatoria. Para aquellos países en los que no se disponga de PAP en la fecha de publicación de la presente convocatoria, se considerarán aquellos
sectores establecidos en el artículo 8 de la Ley gallega de cooperación para el desarrollo.
d) Contar con contrapartes o socios locales que participen responsablemente en la ejecución material del programa y en la gestión de los recursos, constando expresamente su compromiso con el programa.
e) Estar cofinanciados, en un mínimo de un 10%, por recursos ajenos a las ayudas de la Xunta de Galicia.
f) Redundar en la ampliación de las capacidades y las libertades de las poblaciones beneficiarias. Los
programas deben contar con la participación de los beneficiarios/as en el desarrollo del programa; no ser
discriminatorios por razón de cultura, raza, género, religión u origen; y fomentar la igualdad entre mujeres
y hombres; así como respetar la protección del medio ambiente.
g) Obtener una repercusión práctica y cuantificable en la puesta en marcha de procesos que propicien la
generación de cambios de carácter endógeno en las sociedades donde se va a actuar.
h) Siempre que estas sean respetuosas con los derechos humanos, los programas no podrán contradecir
las políticas públicas y los objetivos de desarrollo del país, así como las de la zona donde se lleve a cabo y
de las comunidades beneficiarias.
i) Ajustarse a la capacidad de gestión de la entidad solicitante y a la de su contraparte, con el fin de asegurar su viabilidad.
Documentos asociados
Boletín:
30/07/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento