Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la cofinanciación de proyectos de prevención de drogodependencias y conductas adictivas promovidos por ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S35900/14

Norma:

ORDEN de 4 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar en régimen de cofinanciación y concurrencia competitiva la concesión de subvenciones a proyectos de prevención de drogodependencias y conductas adictivas que se van a desarrollar en Galicia en los años 2014 y 2015, en consonancia con las áreas de actuación prioritarias establecidas por la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Sanidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Clase 1.

Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o en agrupaciones de ayuntamientos que abarquen una población igual o superior a los 100.001 habitantes.

Se destinan a esta clase 100.040 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, y se les otorgará subvención solo hasta un máximo de 4 proyectos que consigan mayor puntuación.

En esta clase, la subvención mínima que se otorgará a cada proyecto alcanzará la cuantía de 25.010 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.

b) Clase 2.

Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o agrupaciones de ayuntamientos que abarquen una población igual o superior a los 50.001 e igual o inferior a 100.000 habitantes.

Se destinan a esta clase 157.500 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, y se les otorgará subvención solo hasta un máximo de 7 proyectos que alcancen mayor puntuación.

En esta clase la subvención mínima que se otorgará a cada proyecto alcanzará la cuantía de 22.500 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.

c) Clase 3.

Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o agrupaciones de ayuntamientos que abarquen una población igual o superior a los 10.001 e igual o inferior a 50.000 habitantes.

Se destinan a esta clase 503.100 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, y se les otorgará subvención solo hasta un máximo de 30 proyectos que alcancen mayor puntuación.

En esta clase, la subvención mínima que se otorgará a cada proyecto conseguirá la cuantía de 16.770 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que pretendan desarrollar, individualmente o agrupados, un proyecto de prevención de drogodependencias y otras conductas adictivas, objeto
de la presente orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán programas y actividades de carácter básico y voluntario en las áreas de la prevención
universal, selectiva e indicada:

Aquellos proyectos que desarrollen programas de prevención de drogodependencias en los ámbitos comunitario, escolar, familiar y juvenil recogidos en el catálogo de programas que figuran en la cartera de servicios en materia de prevención del Plan de Galicia sobre drogas de la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública de la Consellería de Sanidad que, también se reflejan en el anexo III de la presente orden.

2. Serán programas y actividades de carácter complementario y voluntario, igualmente valorables, en este terreno de la prevención:

Aquellos programas y actividades encaminados a la prevención de drogodependencias dirigidos a otros ámbitos que, recogidos o no en el citado catálogo, se estén llevando a cabo o propongan poner en marcha los ayuntamientos. A tal fin, se podrán desarrollar programas en el ámbito de la prevención laboral, género u otras actividades transversales de información, sensibilización y formación de mediadores/as sociales y sanitarios/as y otros (ver anexo III de la presente orden).

Documentos asociados

Boletín: 15/07/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento