Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva para la cofinanciacion de proyectos de prevencion de drogodependencias y conductas adictivas promovidospor ayuntamientos o agrupaciones de ayuntamientos de la Comunidad Autonoma de Galicia.- Convocatoria 2013.- Corrección.
Código de ayuda:
S26973/13Norma:
ORDEN de 11 de julio de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/08/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar en régimen de cofinanciación y concurrencia competitiva la concesión de subvenciones a proyectos de prevención de drogodependencias y conductas adictivas que se van a desarrollar en Galicia en los años 2013 y 2014, en consonancia con las áreas de actuación prioritarias establecidas por la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública, entre las que se encuentran las recogidas en el artículo 4 de la presente orden.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Sanidad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Clase 1.Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o en agrupaciones de ayuntamientos que abarcan una población igual o superior a los 100.001 habitantes.
Se destinan a esta clase 192.334 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, otorgándoseles subvención sólo hasta un máximo de 4 proyectos que consigan mayor puntuación.
En esta clase, la subvención mínima a otorgar cada proyecto conseguirá la cuantía de 48.000 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.
b) Clase 2.
Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o agrupaciones de ayuntamientos que abarcan una población igual o superior a los 50.001 e igual o inferior a 100.000 habitantes.
Se destinan a esta clase 269.266 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, otorgándoseles subvención sólo hasta un máximo de 7 proyectos que consigan mayor puntuación.
En esta clase la subvención mínima a otorgar a cada proyecto conseguirá la cuantía de 38.000 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.
c) Clase 3.
Para proyectos que enmarquen su gestión preventiva en ayuntamientos individuales o agrupaciones de ayuntamientos que abarcan una población igual o superior a los 10.001 e igual o inferior a 50.000 habitantes.
Se destinan a esta clase 692.400 euros de la cuantía total de la orden especificada en el artículo 6.1, otorgándoseles subvención sólo hasta un máximo de 35 proyectos que consigan mayor puntuación.
En esta clase, la subvención mínima a otorgar a cada proyecto conseguirá la cuantía de 18.000 euros, respetando el porcentaje máximo expresado en el artículo 7.1.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que pretendan desarrollar individualmente o agrupados, un proyecto de prevención de las drogodependencias y otras conductas adictivas, objeto de la presente orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Serán programas y actividades de carácter obligatorio en las áreas de la prevención universal, selectiva e indicada:Aquellos proyectos que desarrollen programas de prevención de las drogodependencias en los ámbitos comunitario, escolar, familiar y juvenil recogidos en el catálogo de programas que figuran en la cartera de servicios en materia de prevención del Plan de Galicia sobre drogas de la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública de la Consellería de Sanidad que, también, se reflejan en el anexo II de la presente orden.
2. Serán programas y actividades de carácter complementario y voluntario, igualmente valorables, en este terreno de la prevención:
Aquellos programas y actividades encaminadas a la prevención de las drogodependencias dirigidos a otros ámbitos que, recogidos o no, en el denominado catálogo, se estén llevando a cabo o propongan poner en marcha los ayuntamientos. A tal fin, podrán desarrollarse programas en el ámbito de la prevención laboral, género u otras actividades transversales de información, sensibilización y formación de mediadores/as sociales y sanitarios/as (ver anexo II de la presente orden).
Tanto en las actividades de carácter obligatorio como en las complementarias y voluntarias deberá preverse la perspectiva de género, en lo relativo a su metodología y contenidos.
Requisitos:
1. La presentación de un proyecto de actuación para los años 2013 y 2014 orientado al fomento de estilos de vida saludables para la prevención de las drogodependencias y otras conductas adictivas (sociales y comportamentales). Este proyecto se denominará genéricamente a efectos de esta convocatoria: Proyecto de prevención de drogodependencias y conductas adictivas en el ámbito local.2. La creación formal de una unidad/servicio de prevención de conductas adictivas que estará constituida, por lo menos, por un/una profesional (titulado/a superior o grado medio), preferentemente licenciado/a en Psicología, Pedagogía, Educación Social o Trabajo
Social, con formación específica en drogodependencias y otras conductas adictivas, que actuará como coordinador/a y representante técnico del proyecto ante la Consellería de Sanidad.
3. Contar con la infraestructura física adecuada y necesaria para la localización de la unidad/servicio de prevención de conductas adictivas para el adecuado desarrollo de las funciones y programas y actividades que debe desarrollar.
4. Estar inscrito/s en el momento de la solicitud de subvención, en el Registro de entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas regulado en el Decreto 74/2002, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas, y se regula el procedimiento para su declaración de interés, modificado por el Decreto 58/2005, de 24 de febrero.
5. A tal efecto, el ayuntamiento solicitante no registrado, podrá con carácter previo a la solicitud de la subvención, solicitar su inscripción en la Dirección General de Innovación y Gestión de la Salud Pública quien procederá, siempre que cumpla los requisitos necesarios exigidos en el decreto citado en el punto anterior, a su inscripción en el registro en un plazo máximo de 15 días contados desde la fecha de entrada de la solicitud en la Subdirección General de Programas de Fomento de Estilos de Vida Saludables, unidad gestora del antedicho registro.
6. Acreditar de forma fidedigna, la institución solicitante, una experiencia profesional de trabajo en el terreno de las drogodependencias de por lo menos 5 años.
7. Para el caso de proyectos presentados con carácter individual o de agrupación de ayuntamientos, deberán abarcar un área de actuación de un mínimo de 10.001 habitantes, bien como ayuntamiento individual o como suma de los/las habitantes de los ayuntamientos para los cuales se presenta el proyecto común.
A tal fin, se comprobará la veracidad de tal extremo mediante el padrón municipal que figure en la página web del Instituto Gallego de Estadística en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
8. Los ayuntamientos o la agrupación de ayuntamientos optarán a la clase que les corresponda según lo indicado en el artículo 8 de esta orden.
9. Presentar la documentación completa requerida en el artículo 11 de esta orden, en el plazo establecido en él.
10. En el supuesto de solicitudes presentadas por agrupaciones de ayuntamientos, será suficiente con que los anteriores requisitos sean cumplidos por, al menos, uno de ellos.
Documentos asociados
Boletín:
12/07/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
05/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 148
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 148
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento