Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la adecuación y mejoras de estructuras y espacios deportivo/comunitarios locales con menos de 20.000 habitantes para la implementación de los programas de ejercicio físico y actividad física en entornos rurales para su inclusión en una red coordinada de promoción de la actividad física en las zonas rurales (RED PAFER).
Código de ayuda:
S23719/25Norma:
Resolución de 1 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de agosto de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 16.025 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión a ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes del Principado de Asturias de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la adecuación y mejoras de estructuras y espacios deportivo/comunitarios locales, para implementación de los programas de ejercicio físico y actividad física en entornos rurales para su inclusión en una red coordinada de promoción de la actividad física en las zonas rurales (RED PAFER), realizadas entre 1 de enero de 2025 hasta el 30 de octubre de 2025.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía total máxima de la convocatoria a percibir por cada ayuntamiento será de 16.025,71€.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Ayuntamientos con menos de 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán gastos subvencionables los siguientes:a) Los relativos a actuaciones de adecuación y mejora de las instalaciones deportivas/comunitarias y espacios pertenecientes a la entidad local
b) Los relativos a la adquisición de equipamiento deportivo para instalaciones deportivas/comunitarias y espacios de titularidad municipal donde se implementen programas de ejercicio y actividad física
c) Los relativos al desarrollo de Plataformas Digitales
Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarias las entidades locales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias con menos de 20.000 habitantes, según la última publicación del Instituto Nacional de Estadística a la fecha de publicación de esta subvención en el BOPA y que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 13 de le Ley 38/2003, General de Subvenciones.2. Los solicitantes deberán declarar no estar incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. De acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las entidades locales del Principado de Asturias deberán acreditar hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.
4. Los proyectos presentados por la entidad local deberán alcanzar como mínimo la cantidad de 16.025,71 Euros.
5. Las entidades beneficiarias serán las responsables del desarrollo del proyecto y de la ejecución del gasto en función del presupuesto presentado.
Documentos asociados
Boletín:
25/07/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras (Extracto) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 143
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Boletín:
25/07/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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