Subvenciones en regimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de programas de prevencion y control del SIDA por asociaciones sin animo de lucro.

Código de ayuda:

S28846/09

Norma:

Orden de 27/03/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas correspondientes al año 2009 para fomentar las actividades de las asociaciones sin ánimo de lucro, que realizan programas de prevención y control o actividades de autoayuda en relación con el VIH/SIDA en Castilla-La Mancha, las cuales se destinarán tanto a gastos de mantenimiento (alquiler, agua, energía eléctrica, teléfono, material fungible, mantenimiento,…) como a actividades en materia de prevención, difusión, información y apoyo a los enfermos.

Quedan fuera de esta Convocatoria los gastos derivados del tratamiento, ya que éste se recibirá de forma gratuita en la red asistencial que a tal fin disponga la Consejería de Salud y Bienestar Social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Por razón del objeto y la finalidad de la subvención, dadas las circunstancias concurrentes en las posibles asociaciones beneficiarias, y por considerarse conveniente para el desarrollo económico y social de la región, se considera oportuno excepcionar el requisito del domicilio fiscal en Castilla-La Mancha para las asociaciones beneficiarias de las mismas.

Las Asociaciones sin fin de lucro.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los Registros Oficiales que corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas por parte de la Consejería de Salud y Bienestar Social para fines análogos.

d) Acreditar en la forma establecida en el apartado correspondiente de la presente Orden que se hallan al corriente de pago por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.

e) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) No hallarse quienes ostenten la representación legal de las asociaciones en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 69
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexo Descargar Documento