Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la disminución de la dependencia energética: autoproducción y mejora de las instalaciones de riego, en el Marco del Programa de DesarrolloRural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 4.3).

Código de ayuda:

S39655/18

Norma:

Orden de 20 de julio de 2018. Orden de 2 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de febrero de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.000.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a inversiones para disminuir la dependencia
energética de las instalaciones de riego, contribuyendo a la generación de energía para autoconsumo e
incrementando la eficiencia energética mejorando las instalaciones (motores, centros de transformación…),
en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión máxima auxiliable para el concepto de la ejecución de obra se establece en 1.000.000 de euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales que sean corporaciones de derecho
público según artículo 81 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y que estén compuestas por un mínimo de 7 comuneros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son conceptos subvencionables las siguientes actuaciones sobre infraestructuras para la reducción de la
dependencia energética que se aprueben por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural con
objeto de que se reduzca el consumo energético, mejorando las instalaciones de regadío:

a) Las actuaciones de implantación o mejora de infraestructuras vinculadas a la autoproducción energética
en instalaciones colectivas de riego.

b) Las actuaciones dirigidas a la ampliación de instalaciones de autoproducción hasta cubrir las
necesidades energéticas de las instalaciones de riego.

c) Las actuaciones de mejoras tecnológicas de los equipos de bombeo y de la instalación eléctrica.

d) Las actuaciones de mejoras de las infraestructuras de riego orientadas a la disminución de la dependencia energética.

e) Los costes de redacción de proyectos y de dirección de obras, de acuerdo con lo recogido en el artículo 45.2 a) y c) del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Requisitos:

a) Los solicitantes deberán acreditar la titularidad de los terrenos y la competencia o atribución para
acometer el proyecto que se pretende subvencionar.

b) El derecho de riego deberá ser acreditado mediante título o certificación del Organismo de Cuenca en
el que exprese el Volumen total de agua, la dotación por hectárea, expresada en metros cúbicos /
hectárea y año, así como la superficie que abarca este derecho y la duración del mismo, que deberá comprender, al menos, un periodo de 5 años desde la fecha prevista para la finalización de las obras que se pretenden subvencionar.

c) Disponer de ordenanzas, estatutos o convenios que estén aprobados por el Organismo de Cuenca correspondiente, de acuerdo con lo previsto en los artículos 81 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

d) Que su ámbito de actuación se encuentre en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la convocatoria con ámbito territorial de Andalucía. Para la convocatoria específica para la provincia de Cádiz dentro de Inversión Territorial Integrada (ITI de Cádiz), el ámbito de actuación se deberá corresponder con el límite de la misma provincia. En el supuesto de que el ámbito territorial de una comunidad de regantes
alcance dos o más Comunidades Autónomas sólo se podrán financiar actuaciones que se realicen en el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En caso de la convocatoria ITI de Cádiz, se
considerá que una entidad solicitante está dentro del ámbito de actuación cuando más del 50% de la
superficie de riego esté localizada en dicha provincia.

Documentos asociados

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