Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2025 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Apertura.

Código de ayuda:

S28419/25

Norma:

Resolución de 26 de septiembre de 2025. Orden de 9 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de la presente línea de subvención la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades asociativas sin ánimo de lucro, para promover la dinamización de centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía mediante acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía andaluza, con la finalidad de contribuir a la transformación digital y la reducción de las brechas digitales en estas zonas desfavorecidas de Andalucía. La concreción del objeto figura en las bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de la Presidencia, Interior, Dialogo social y simplificación Administrativa (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Personal. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida tras la revisión de la cuenta justificativa será de 23.147 euros.

b) Dietas. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida tras la revisión de la cuenta justificativa será de 477 euros.

c) Alquiler. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida tras la revisión de la cuenta justificativa será de 6.000 euros.

d) Mantenimiento. La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida tras la revisión de la cuenta justificativa será de 5.500 euros.

e) Fungible: La cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en esta partida tras la revisión de la cuenta justificativa será de 500 euros.

A su vez, la cuantía máxima de presupuesto que puede aceptarse en la suma de las partidas de alquiler y mantenimiento no podrá exceder de 8.655,59 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades asociativas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en alguna de las zonas desfavorecidas de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Personal
b) Dietas
c) Alquiler
d) Mantenimiento
e) Fungible

Requisitos:

Estar legalmente constituidas como entidad asociativa sin ánimo de lucro e inscrita en el registro público que corresponda en función de su naturaleza jurídica y ámbito de actuación.

Documentos asociados

Boletín: 12/11/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/10/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 193
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 07/10/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 193
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento