Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03800/17

Norma:

Resolución de 23 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de febrero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la promoción de las artes escénicas, a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a espacios de pequeño formato de actividad cultural escénica.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 475.000 euros, cuya imputación presupuestaria será la siguiente:

- 425.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/001/098/334.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas".

- 50.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2017/001/098/334.01/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro.

Queda condicionada la concesión de subvenciones a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Los fondos serán concedidos según la valoración de las propuestas, con los límites establecidos en el artículo 14 de las presentes bases, si bien la convocatoria no obliga al Área de Gobierno de Cultura y Deportes al gasto íntegro del presupuesto máximo señalado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Cachés de compañías y artistas.

- Alquiler de la sala.

- Adquisición de material fungible.

- Alquiler de equipos.

- Arrendamiento de servicios técnicos y profesionales.

- Promociones y publicaciones en diferentes soportes (anuncios en prensa, folletos, web, etc.).

- Gastos de mantenimiento de la sala tales como: gasto corriente, pagos a otras entidades en concepto de gestión, etc.

- Pagos motivados por el cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, tales como pagos de derecho de autor a entidades de gestión o certificados expedidos por dichas entidades de gestión.

- Gastos de personal.

- Gastos tributarios, siempre y cuando sean abonados por el beneficiario efectivamente, no incluyéndose, por tanto, cuando los mismos sean susceptibles de recuperación o compensación.

Requisitos:

- Empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro que gestionen salas de pequeño formato de actividad cultural escénica en el término municipal de Madrid.

- Antigüedad mínima de la sala desde 1 de enero de 2015.

- Ostentar la titularidad de la sala, en propiedad o en alquiler, que ha de contar con la correspondiente cobertura jurídica de carácter urbanístico para actividad cultural escénica con aforo, con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2017
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 7384
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento