Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el desarrollo de proyectos de investigación básica o fundamental por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, al amparo de la Línea 1 de la Orden de 23 de abril de 2024.

Código de ayuda:

S09919/26

Norma:

Resolución de 30 de marzo de 2026. Orden de 23 de abril de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 18:00 horas del 5 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la modalidad 1 destinada a proyectos de investigación básica o fundamental desarrollados por los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. A estos efectos, y siguiendo el Manual de Frascati elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), se define como aquella que consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden para obtener conocimientos sobre los fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin intención de otorgarles ninguna aplicación o utilización determinada.

La finalidad de estas ayudas es contribuir a potenciar y ampliar las capacidades del Sistema Andaluz del Conocimiento y su actividad de transferencia con el objeto de conseguir niveles más altos de eficiencia, excelencia y competitividad en cuanto a la investigación.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Universidad, Investigación e Innovación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La cuantía mínima de la subvención es de 25.000 euros.
b) La cuantía máxima de la subvención se limita según el área funcional de competitividad, conforme al detalle del resuelve decimosegundo.
c) La cuantía máxima subvencionable para el informe de auditoría de la cuenta justificativa asciende a 1.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de las bases reguladoras, podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones convocadas los siguientes Agentes de Generación de Conocimiento del Sistema Andaluz del Conocimiento, según la clasificación realizada en el artículo 3 del Decreto 223/2023, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación, acreditación y registro de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento:
a) Universidades andaluzas.
b) Organismos Públicos de Investigación.
c) Centros, Institutos o Fundaciones de Investigación y/o Innovación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Financiar proyectos de investigación básica o fundamental que han de desarrollarse en una de las siguientes áreas científico-técnicas:
Biología y Biotecnología (BIO)
Ciencias exactas y experimentales (FQM)
Ciencias sociales, económicas y jurídicas (SEJ)
Humanidades y creación artística (HUM)
Recursos Naturales, Energía y Medio Ambiente (RNM)

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/03/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 61 C2
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 30/03/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 61 C2
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento