Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la participación de las personas jóvenes de Cantabria en programas de campamentos y campos de voluntariado dentro y fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Código de ayuda:
S32691/25Norma:
Resolución de 21 de noviembre de 2025. Orden ISO/04/2025, de 3 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de diciembre de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 200 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para favorecer la participación de las personas jóvenes de Cantabria en campamentos y campos de voluntariado.Estas subvenciones se destinan exclusivamente a cofinanciar los gastos referidos a la cuota de participación en campamentos o campos de voluntariado por jóvenes que en el momento de realización de la actividad tuvieran de 12 a 17 años, ambos inclusive, y empadronados en Cantabria.
La actividad cuya participación se subvencione podrá celebrarse en Cantabria o fuera de Cantabria, y deberá tener una duración mínima de 7 días consecutivos, con obligada pernocta en las instalaciones de la actividad de un mínimo de 6. En el caso de jóvenes con dependencia o discapacidad, la duración mínima de la actividad será de 5 días consecutivos sin que se requiera la pernocta.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
CantabriaConvoca:
Conserjería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención será de doscientos (200) euros por persona beneficiaria, no pudiendo superarse el cincuenta por ciento del coste total abonado por la actividad cuya participación se subvenciona. La prelación de beneficiarios se determinará en función de la fecha de presentación de la solicitud hasta el agotamiento del crédito establecido en cada orden de convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta subvención el padre, la madre o el representante legal de la persona joven que participe en una actividad subvencionable o los menores que a partir de los 16 años puedan encontrarse emancipados, pudiendo ser beneficiario exclusivamente una de estas cuatro personas. Tanto el participante en la actividad como el beneficiario de la subvención deberán estar empadronados en Cantabria al menos con doce meses de anterioridad a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.Documentos asociados
Boletín:
10/03/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 47
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
27/11/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
27/11/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
