Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a establecimientos turísticos privados dela Región de Murcia para mejora en accesibilidad. Año 2025.

Código de ayuda:

S31819/25

Norma:

Orden de 12 de noviembre. Orden de 2 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de diciembre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen concurrencia competitiva, y conforme a las bases reguladoras previstas en la Orden de 2 de junio de 2025, de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes, (BORM N.º 130 de 7 de junio 2025), subvenciones destinadas a empresas privadas del sector turístico de la Región de Murcia, con las que se pretende avanzar hacia un “turismo para todos”, el cual se centra en garantizar en la mayor medida posible la accesibilidad de las zonas y recursos turísticos. Estas subvenciones tienen como finalidad financiar actuaciones que persigan la mejora en accesibilidad en los recursos turísticos de empresas privadas de la Región de Murcia, y de este modo alcanzar progresivamente un turismo plenamente accesible, por lo que todos los proyectos que se presenten deberán incluir las medidas de accesibilidad adecuadas al recurso sobre el que se actuará.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención a conceder a cada beneficiario será el 100% de la señalada en su solicitud, sin que ésta pueda ser superior a 50.000,00 € (cincuenta mil euros) por proyecto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente Orden las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias, explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios o complejos de edificios destinados a alojamiento turístico, agencias de viajes, parques temáticos, empresas de turismo activo y de aventura, bodegas con experiencias enoturísticas vinculadas a su actividad principal de producción vinícola, que estén registradas y desarrollen sus actividades turísticas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Adecuación de los accesos y entradas principales del establecimiento turístico para cumplir las exigencias de itinerario accesible del Anejo A del CTE DB-SUA. (Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad).

2) Ejecución o adecuación de rampas accesibles según los parámetros técnicos y condiciones básicas de accesibilidad del CTE DB-SUA.

3) Adaptación y/o instalación de ascensores adaptados, incluida la mejora de la nivelación de la cabina, plataformas elevadoras y montacargas para personas con movilidad reducida, mecanismos salvaescaleras y/o automatismos para la apertura de puertas que incorporen mecanismos motorizados u otros dispositivos de
accesibilidad, cumpliendo las especificaciones técnicas de los mecanismos accesibles recogidos en el Anejo A del CTE DB-SUA y resto de normativa vigente en materia de accesibilidad.

4) Productos de apoyo, tales como grúas o artefactos análogos, que permitan el acceso y uso por parte de las personas con discapacidad a elementos comunes del edificio objeto de la intervención (piscinas, zonas de terraza, exteriores).

5) Sistemas de balizamiento, que permitan la orientación en el uso de escaleras, ascensores y en el interior de los establecimientos turísticos.

6) Productos de apoyo a la audición para la accesibilidad en el entorno, como los bucles de inducción magnéticos y sistema de video-interpretación a distancia en lengua de signos que permite la comunicación mediante la figura del video-intérprete de lengua de signos en la recepción, mostradores, taquillas y puntos de información y atención accesibles.

7) Elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre interior y exterior, tales como videoporteros adaptados para personas con discapacidad que proporcionan información visual y auditiva.

8) Elementos de información, de comunicación o de aviso tales como señales luminosas, visuales (pictogramas, rótulos identificativos, QR, altorrelieve, etc.), podotáctiles o sonoras, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación (SAAC), paneles informativos (lectura fácil y Braille), audioguías, signoguías, dotación de materiales audiovisuales subtitulados.

9) Cualquiera de las intervenciones que facilite la accesibilidad (ampliación de espacios de circulación, servicios higiénicos accesibles...)

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/11/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 267
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/11/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 267
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento