Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.

Código de ayuda:

S11782/26

Norma:

Orden de 30 de abril de 2022. Resolución de 10 de abril de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo, con las siguientes líneas:

Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus objetivos estatutarios.

Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática, así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Porcentaje máximo de la subvención: Hasta el 100%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El mantenimiento del funcionamiento regular de las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, que ejerzan su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las personas víctimas de terrorismo, para fomentar y consolidar las mismas, así como para contribuir al desarrollo de sus propios fines.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro público de Andalucía que le corresponda según su forma jurídica.

b) Que desarrollen principalmente su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, circunstancia que deberá constar en sus Estatutos.

c) Tener como objetivo la representación y defensa de los intereses de las víctimas del terrorismo que tengan la condición política de andaluz o andaluza en los términos previstos en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

d) No incurrir en ninguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 3.3 del texto articulado que incluyen estas bases reguladoras.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín: 22/04/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 76
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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