Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas, para el fomento de su competitividad, modernización e internacionalización.

Código de ayuda:

S53391/18

Norma:

Orden de 15 de octubre de 2018. Resolución de 21 de noviembre de 2018. Resolución de 17 de diciembre de 2018. Resolución de 24 de abril de 2019. Resolución de 27 de mayo de 2019. Resolución de 4 de noviembre de 2019. Resolución de 10 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de agosto de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Línea 1:

Las actividades relacionadas con el impulso a la transformación de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la industria cultural y creativa, mediante una utilización intensiva y eficiente de las nuevas tecnologías dirigida a lograr su incorporación definitiva al ámbito digital, su modernización y su innovación.

Línea 2:

Impulsar la internacionalización de la economía andaluza, mediante el apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la industria cultural y creativa, con el fin de fomentar su promoción y comercialización, nacional e internacional, su competitividad y el incremento de la cooperación, colaboración y generación de redes y alianzas.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Cultura (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), ya sean individuales o sociedades, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, establecidas en cualquier estado de la Unión Europea, que presten servicios culturales y creativos como actividad principal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: ayudas a la introducción de nuevas tecnologías, dirigidas a la transformación de las
microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas a través de las TIC y su incorporación definitiva al ámbito digital, a través de actuaciones que mejoren su competitividad y productividad o la interrelación con otros sectores económicos.

- Actuaciones de adecuación de soluciones técnicas a las necesidades específicas de la empresa, mediante el asesoramiento para el diagnóstico de tales soluciones, su implantación y su uso eficiente.

- Fomento del comercio electrónico, la introducción de sistemas de taquilla y venta electrónica de productos y servicios culturales en Internet, y la comercialización y difusión, nacional e internacional, de contenidos culturales, mediante plataformas en línea.

- Promoción de la confianza digital de las empresas en materia de seguridad de la información.

- Implantación de sistemas de seguridad de la información que fomenten la confianza digital de las PYME.

- Promoción de la gestión digital de las empresas mediante la modernización, innovación y adaptación tecnológica en todos sus procesos de negocio.

- Implantación de innovaciones de marketing web o de organización para la mejora competitiva y de diferenciación con respecto a la oferta virtual existente en su sector, como mínimo a nivel regional.

- Adquisición del software y hardware necesarios para la renovación técnica y tecnológica de la empresa.

- Diseño, creación, desarrollo, distribución y mercadotecnia de videojuegos y del hardware asociado, especialmente en el sector de los "serious games”.

Línea 2: ayudas para la promoción y comercialización, nacional e internacional, de las microempresas, pequeñas y medianas empresas culturales y creativas, con el fin de fomentar su competitividad y mejorar la comercialización de sus productos y servicios, mediante actuaciones dirigidas a fomentar su internacionalización.

- Apoyo a la promoción y comercialización nacional e internacional de sus productos y servicios.

- Apoyo para el fomento de la competitividad y para el incremento de la cooperación, la colaboración y la generación de redes y alianzas. Apoyo financiero y servicios avanzados para la internacionalización de las Pymes (inversiones en capital, departamentos de exteriores, asistencia a ferias, planes de internacionalización, estudios, etc.)

- Apoyo a la presencia en los principales mercados nacionales e internacionales con fines de su promoción, networking y comercialización, de proyección internacional, así como eventos que promuevan la generación de redes profesionales y comerciales, alianzas, intercambio de experiencias y comercialización de la producción y los servicios ofertados por el sector cultural y creativo.

- Apoyo para participar en circuitos nacionales e internacionales, especialmente europeos.

- Apoyo a la organización de eventos de carácter internacional, programas de comunicación y difusión y promoción de la internacionalización.

Requisitos:

Linea 1:

1. Ejercer su actividad en Andalucía, con una antigüedad al menos de seis meses ininterrumpidos a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

2. Contar con establecimiento operativo en Andalucía en el momento del pago de la subvención.

3. No estar en crisis ni pertenecer a sectores no subvencionables de acuerdo con la normativa europea de aplicación.

Linea 2:

1. Ejercer su actividad en Andalucía, de forma ininterrumpida, al menos, durante los seis meses anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

2. No estar en crisis ni pertenecer a sectores no subvencionables, de acuerdo con la normativa europea de aplicación.

3. Contar con establecimiento operativo abierto en Andalucía en el momento del pago de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2018
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Boletín: 29/11/2018
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Boletín: 29/11/2018
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Boletín: 20/07/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 138
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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 160
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