Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la producción de obras audiovisuales.

Código de ayuda:

S26019/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones destinadas a la producción de obras audiovisuales como medio de apoyo al sector audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat, estimulando la producción de obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Animación:
- Largometrajes y series de animación: 400.000€
- Cortometrajes, piloto de series y multiplataforma: 60.000€
- Videojuegos: 60.000€

Ficción:
- Largometrajes A: 500.000€
- Largometrajes B: 325.000€
- Largometrajes C: 325.000€
- Largometrajes D: 325.000€
- Miniserie: 325.000€
- Cortometrajes y multiplataforma: 40.000€

Documental:
- Largometrajes A: 90.000€
- Largometrajes B: 90.000€
- Cortometrajes y multiplataforma: 40.000€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiaras de estas ayudas las personas físicas o jurídicas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención, en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria y que a su vez cumplan los requisitos establecidos en la LGS, así como en el RLGS y en la LHIS, entre ellas:

a) Pequeñas y medianas empresas independientemente de su forma jurídica

b) Agrupaciones de personas físicas y jurídicas que puedan llevar a cabo la producción, de acuerdo con el artículo 11.3 de la LGS

c) Agrupaciones de interés económico

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Animación:
- Largometrajes y series de animación
- Cortometrajes, piloto de series y multiplataforma
- Videojuegos

Ficción:
- Largometrajes A
- Largometrajes B
- Largometrajes C
- Largometrajes D
- Miniserie
- Cortometrajes y multiplataforma

Documental:
- Largometrajes A
- Largometrajes B
- Cortometrajes y multiplataforma

Requisitos:

a) Los solicitantes deberán, en su caso, estar legalmente constituidos y disfrutar de capacidad jurídica y de obrar.

b) Las personas físicas o jurídicas solicitantes no podrán obtener la condición de beneficiarias cuando concurran alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.

c) Los solicitantes que, en su caso, estén obligados, deberán disponer de un plan de igualdad según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, para garantía de la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres en cualquier ámbito y, singularmente, en la esfera laboral.

d) Los solicitantes deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social en los términos establecidos por la LGS y el RLGS.

e) Los solicitantes deberán encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) Los solicitantes no podrán estar en crisis, según lo dispuesto por las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31.07.2014), considerando la definición del artículo 2.18 del RGEC.

g) Los solicitantes no podrán estar sujetos a una orden de recuperación por declaración de la Comisión de ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior europeo.

h) Los solicitantes deberán disponer de un establecimiento permanente en la Comunidad Valenciana al momento de la concesión de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento