Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la creación escénica.

Código de ayuda:

S20664/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2019. RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Favorecer la producción escénica en todas sus disciplinas artísticas.

2. El incremento de espectadores en artes escénicas.

3. La consolidación de industrias culturales competitivas que genere un retorno.

4. La búsqueda de la excelencia en los productos culturales gallegos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

– Modalidad 1, subvenciones a la creación de espectáculos de empresas de nueva creación: proyectos que no superen los 20.000 euros de presupuesto, con el límite del 90 % del presupuesto y con una cuntía máxima por beneficiario de 18.000 euros.

– Modalidad 2, subvenciones a la creación escénica en el ámbito del teatro, nuevo circo y magia: proyectos que no superen los 80.000 euros de presupuesto, con el límite del 75 % y con una cuantía máxima por beneficiario de 60.000 euros.

– Modalidad 3, subvenciones a la creación escénica en el ámbito de la danza y artes del movimiento: proyectos que no superen los 50.000 euros de presupuesto, con el límite del 75 % y con una cuantía máxima por beneficiario de 37.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes –o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia–, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, quedan exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Modalidad 1: subvenciones a la creación de espectáculos de empresas de nueva creación, con una dotación máxima de 70.000 €.

– Modalidad 2: subvenciones a la creación escénica en el ámbito del teatro, nuevo circo y magia, con una dotación máxima de 470.000 €.

– Modalidad 3: subvenciones a la creación escénica en el ámbito danza y artes del movimiento, con una dotación máxima de 110.000 €.

Requisitos:

– El equipo artístico debe estar integrado, como mínimo en un 50 %, por personas nacidas a partir del año 1984, inclusive. Se entiende por equipo artístico: elenco, dirección, diseño de espacio escénico, diseño de luz, diseño de espacio sonoro y diseño de vestuario.

– Antigüedad de la compañía no superior a los tres años. A estos efectos, la constitución y antigüedad de la compañía se contabilizarán desde la primera fecha del alta en el IAE, en la actividad de producción o distribución de espectáculos de artes escénicas.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 67
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/07/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Modificación Bases Descargar Documento