Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, a la actividad de produccion teatral y de circo profesional.
Código de ayuda:
S03882/12Norma:
RESOLUCIÓN CLT/43/2012, de 2 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/03/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a la actividad de producción teatral y de circo profesional.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Catalán de las Empresas Culturales (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones son concedidas en función del coste del proyecto, de las disponibilidades presupuestarias y de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración que establece la base 8, así como de otras ayudas recibidas para el mismo proyecto, si procede.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Para la modalidad a) de la base 1.1 (Compañías de teatro y de circo):Pueden optar las compañías profesionales de teatro o de circo, constituidas como empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que acrediten una trayectoria artística consolidada y que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los años 2009, 2010 y 2011.
2. Para la modalidad b) de la base 1.1 (Empresas de producción teatral y de circo):
Pueden optar las empresas de producción teatral y de circo, domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los años 2009, 2010 y 2011.
3. Para la modalidad c) de la base 1.1 (Empresas gestoras de salas de teatro con producción propia):
Pueden optar las empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, con establecimiento permanente en Cataluña, que gestionen la programación de salas de teatro ubicadas en Cataluña, que tengan producción propia, y que hayan mantenido continuadamente su actividad profesional como mínimo durante los años 2009, 2010 y 2011.
4. No pueden optar a estas subvenciones las entidades sin fines de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Subvenciones a compañías de teatro y de circo.b) Subvenciones a empresas de producción teatral y de circo.
c) Subvenciones a empresas gestoras de salas de teatro con producción propia.
Requisitos:
1. Para la modalidad a) de la base 1.1 (Compañías de teatro y de circo):1.1 Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2009, 2010 y 2011:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber mantenido contratado laboralmente de manera continuada un mínimo del 50% del equipo artístico y técnico de la compañía.
c) Haber producido un mínimo de un espectáculo al año, salvo aquel/llos año/s en que se continúe la explotación de una producción anterior.
d) Haber realizado un mínimo de 100 representaciones al año si la compañía ha hecho programación regular en la ciudad de Barcelona, o bien un mínimo de 60 si no es así.
e) Haber realizado un mínimo de 20 representaciones anuales en Cataluña.
f) En sus representaciones en Cataluña, la lengua de representación debe haber sido el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
1.2 En el caso de que se conceda la subvención, las compañías deben comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de agosto de 2012:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Mantener contratado laboralmente de manera continuada un mínimo del 50% del equipo artístico y técnico de la compañía.
c) Producir un mínimo de un espectáculo, salvo los casos en que continúen la explotación de una producción anterior.
d) Realizar un mínimo de 40 representaciones si la compañía ha hecho programación regular en la ciudad de Barcelona, o bien un mínimo de 25 si no es así.
e) Realizar un mínimo de 8 representaciones en Cataluña.
f) En sus representaciones en Cataluña, la lengua de representación debe ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
g) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) del 50% de su proyecto, como mínimo.
2. Para la modalidad b) de la base 1.1 (Empresas de producción teatral y de circo):
2.1 Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2009, 2010 y 2011:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber producido o coproducido en un porcentaje del 50%, como mínimo, dos espectáculos al año.
c) Haber realizado un mínimo de 110 representaciones al año del conjunto de sus producciones, de las que como mínimo el 50% deben ser en Cataluña.
d) En sus representaciones en Cataluña, la lengua de representación debe ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
e) Haber mantenido durante el periodo de duración de cada producción la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos.
2.2 En el caso de que se conceda la subvención, las empresas deberán comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de agosto de 2012:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Producir o coproducir en un porcentaje del 50%, como mínimo, 1 espectáculo.
c) Realizar un mínimo de 50 representaciones del conjunto de sus producciones, de las cuales como mínimo el 50% deben ser en Cataluña.
d) En sus representaciones en Cataluña la lengua de representación debe ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
e) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) del 60% de su proyecto, como mínimo.
f) Mantener durante el periodo de duración de cada producción la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos.
3. Para la modalidad c) de la base 1.1 (Empresas gestoras de salas de teatro con producción propia):
3.1 Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2009, 2010 y 2011:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber programado un mínimo de 200 funciones al año para las salas de la ciudad de Barcelona y un mínimo de 60 para las de fuera de Barcelona.
c) Haber dedicado, como mínimo, el 25% de la programación a producciones catalanas ajenas, de empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
d) Haber programado un mínimo de cuatro espectáculos por año o seis cuando se trate de salas de cabida máxima de 200 localidades, de los cuales al menos dos deben ser de producción propia o coproducciones en un porcentaje igual o superior al 50%.
e) Haber programado, como mínimo, el 50% de los espectáculos en lengua catalana.
f) Haber programado un porcentaje de representaciones en catalán no inferior al 50%.
g) Haber mantenido la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos de la sala o salas y de las producciones.
3.2 En el caso de que se conceda la subvención, las empresas deben comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de agosto de 2012:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Programar un mínimo de 115 funciones para las salas de la ciudad de Barcelona y un mínimo de 35 para las de fuera de Barcelona.
c) Asegurar una programación de, como mínimo, el 25% de producciones catalanas ajenas, de empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
d) Programar un mínimo de dos espectáculos o tres cuando se trate de salas de cabida máxima de 200 localidades, de los cuales al menos uno debe ser de producción propia o coproducción en un porcentaje igual o superior al 50%.
e) Programar, como mínimo, el 50% de los espectáculos en lengua catalana.
f) Programar un porcentaje de representaciones en catalán no inferior al 50%.
g) Mantener la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos de la sala o salas y de las producciones.
h) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) del 50% de su proyecto cada año, como mínimo.
Documentos asociados
Boletín:
06/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6060
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6060
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento