Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a festivales de artes escénicas y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT213A).

Código de ayuda:

S33019/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de enero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución, en desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, tiene por objeto fijar las bases reguladoras de las subvenciones, en concurrencia competitiva, a festivales de artes escénicas de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector y aprobar su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento CT213A).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima de ayuda será el 60 % del presupuesto subvencionable con un límite de 60.000 euros por persona solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder las personas físicas (autónomas) o jurídicas privadas y sus agrupaciones domiciliadas en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, que desarrollen mayoritariamente su actividad en Galicia, que lleven a cabo festivales objeto de la convocatoria y cumplan las condiciones y criterios establecidos en estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considera proyecto subvencionable la organización y celebración de un festival de artes escénicas.

Requisitos:

a) Debe celebrarse entre el 1 de noviembre del año 2025 y el 31 de octubre del año 2026. Se entienden incluidos aquellos festivales iniciados hasta el 31 de octubre de 2026 que desarrollen la mayor parte de la actividad en este período.

b) Tener una antigüedad de, por lo menos, dos ediciones consecutivas, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, excluida la edición que se presenta a esta convocatoria.

c) Debe tener un presupuesto mínimo de contratación artística del 40 % del presupuesto subvencionable.

Documentos asociados

Boletín: 01/12/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 232
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 01/12/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 232
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento