Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género para el ejercicio 2026.

Código de ayuda:

S12828/26

Norma:

Orden de 24 de septiembre de 2020. Resolución de 28 de abril de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de mayo de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer a entidades sin ánimo de lucro para la
atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Porcentaje máximo de la subvención: 100%
Cuantía máxima de la subvención: 50.000€
Cuantía mínima de la subvención: 20.000€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin ánimo de lucro, cuyo objeto o fin social es la atención a mujeres o colectivos en las líneas de actuación fijados en el apartado 1 del presente cuadro resumen.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas para mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual.
2. Programas para mujeres exreclusas.
3. Programas para mujeres migrantes con exclusión social.
4. Programas para mujeres gitanas con exclusión social.
5. Programas para mujeres con discapacidad y exclusión social.
6. Programas para mujeres en otra situación de exclusión social.

Requisitos:

- Tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Estar legalmente constituidas.
- Cumplir las obligaciones en materia de autorización y registro establecidas en el Decreto 102/2000, de 15 de marzo, de modificación del Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales de Andalucía.
- No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 190
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 83
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 04/05/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 83
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento