Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales del Principado de Asturias destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030, línea 2: proyectos de transformación sostenible, convocatoria 2025.

Código de ayuda:

S28537/25

Norma:

Resolución de 17 de septiembre de 2025. Resolución de 29 de agosto de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de octubre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 33.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria es la de llevar a cabo acciones que favorezcan la implementación de la Agenda 2030 y contribuir al desarrollo sostenible de Asturias, impulsando el apoyo a los municipios.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por actuación a subvencionar será de treinta y tres mil quinientos euros (33.500,00€).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las entidades locales del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables podrán ser:

a) Costes de personal

b) Actividades:

1. Artículos de consumo, suministros y servicios generales, que serán subvencionables en base a costes reales incurridos, soportados por facturas.

2. Alquiler de bienes inmuebles utilizados para el desarrollo del plan.

3. Dietas y gastos de viajes.

4. Gastos de adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico necesarios para la realización del plan.

5. Material fungible como papelería, consumibles u otros.

6. Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales o registrales, los gastos periciales para la realización del plan subvencionado, incluido el informe del auditor del plan subvencionado, así como los de administración específicos, podrán ser subvencionables si están directamente relacionados con el plan subvencionado y son indispensables para la adecuada preparación y ejecución del mismo.

7. Otros gastos, tales como los de publicidad y difusión de las actividades realizadas, de prestación de servicios profesionales ligados a la realización del plan, y otros relacionados directamente con el plan subvencionado.

Requisitos:

a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.

b) Justificar ante la Consejería competente en materia de Agenda 2030 el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación de la Consejería competente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero o de auditoría que puedan realizar los órganos de control competentes.

d) Comunicar a la Consejería competente en materia de Agenda 2030 la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, extranjeros, de la UE o de organismos internacionales, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución e concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en cada una de las justificaciones que se presenten para acreditar la realización de las actividades objeto de la subvención.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos, en su caso, los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. Dicha conservación será durante un periodo mínimo de cinco años a partir de la fecha de finalización del plazo para la ejecución de las actuaciones objeto de subvención.

h) Hacer constar de forma destacada en la ejecución de la actividad la colaboración en el desarrollo de la misma del Principado de Asturias, a través de la Consejería competente en materia de Agenda 2030, conforme a sus normas de identidad gráfica. Los beneficiarios deberán dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades que sean objeto de subvención en el marco de esta convocatoria.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

j) Respetar los principios y obligaciones establecidos en la Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género, y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Todos los materiales, imágenes y documentación evitarán cualquier imagen discriminatoria de las mujeres.

k) Cumplimiento de los requisitos relativos a la subcontratación con terceros, establecidos en la cláusula novena de las bases de las presentes ayudas, aprobadas mediante Resolución de 29 de agosto de 2025 (BOPA núm. 176, de 12-IX-2025).

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento