Subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, a compañias, empresas de produccion teatral y de circo y empresas gestoras de salas de teatro con produccion propia.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S11064/11Norma:
Resolución CLT/572/2011, de 8 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar las actividades de producción teatral y de circo de carácter profesional.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones se conceden en función del coste del proyecto, de las disponibilidades presupuestarias y de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración que establece la base 8, así como de otras ayudas recibidas para el mismo período, en su caso.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Para la modalidad a): las compañías profesionales de teatro o de circo, constituidas como empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que acrediten una trayectoria artística consolidada y que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los años 2008, 2009 y 2010.- Para la modalidad b): las empresas de producción teatral y de circo, domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, que hayan mantenido continuadamente su actividad, como mínimo durante los años 2008, 2009 y 2010.
- Para la modalidad c): las empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, con establecimiento permanente en Cataluña, que gestionen la programación de salas de teatro ubicadas en Cataluña, que tengan producción propia, y que hayan mantenido continuadamente su actividad profesional como mínimo durante los años 2008, 2009 y 2010.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades de producción teatral y de circo de carácter profesional en las modalidades siguientes:a) Subvenciones a compañías de teatro y de circo.
b) Subvenciones a empresas de producción teatral y de circo.
c) Subvenciones a empresas gestoras de salas de teatro con producción propia.
Requisitos:
- Para la modalidad a):Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2008, 2009 y 2010:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber mantenido contratado laboralmente de manera continuada a un mínimo del 50% del equipo artístico y técnico de la compañía.
c) Haber producido un mínimo de un espectáculo al año, salvo el/los año/s en que se continúe la explotación de una producción anterior.
d) Haber realizado un mínimo de 100 representaciones al año si la compañía ha realizado programación regular en la ciudad de Barcelona, o bien un mínimo de 60 si no es así.
e) Haber realizado un mínimo de 20 representaciones en Cataluña.
f) En sus representaciones en Cataluña la lengua de representación deberá haber sido el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
En caso de que se conceda la subvención, las compañías deberán comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de agosto de 2011:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Mantener contratado laboralmente de manera continuada a un mínimo del 50% del equipo artístico y técnico de la compañía.
c) Producir un mínimo de un espectáculo, salvo en aquellos casos en que continúen la explotación de una producción anterior.
d) Realizar un mínimo de 40 representaciones si la compañía ha realizado programación regular en la ciudad de Barcelona, o bien un mínimo de 25 si no es así.
e) Realizar un mínimo de 8 representaciones en Cataluña.
f) En sus representaciones en Cataluña la lengua de representación deberá ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
g) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) de, como mínimo, el 50% de su proyecto.
- Para la modalidad b):
Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2008, 2009 y 2010:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber producido o bien coproducido en un porcentaje del 50%, como mínimo, dos espectáculos al año.
c) Haber realizado un mínimo de 110 representaciones al año del conjunto de sus producciones, de las cuales como mínimo el 50% deben haber sido en Cataluña.
d) Haber realizado un mínimo del 50% de su producción en lengua catalana.
e) En sus representaciones en Cataluña la lengua de representación deberá ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
f) Haber mantenido durante el período de duración de cada producción la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos.
En caso de que se conceda la subvención, las empresas deberán comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de agosto de 2011:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Producir o bien coproducir en un porcentaje del 50%, como mínimo, 1 espectáculo.
c) Realizar un mínimo de 50 representaciones del conjunto de sus producciones de las cuales como mínimo el 50% deben ser en Cataluña.
d) En sus representaciones en Cataluña la lengua de representación debe ser el catalán, salvo que se trate de textos de la literatura universal representados en su lengua original.
e) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) del 60% de su proyecto, como mínimo.
f) Mantener durante el período de duración de cada producción la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos.
- Para la modalidad c):
Las empresas solicitantes deberán haber cumplido los requisitos siguientes durante los años 2008, 2009 y 2010:
a) Haber dispuesto de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, mantendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Haber programado un mínimo de 200 funciones al año para las salas de la ciudad de Barcelona y un mínimo de 60 para las de fuera de Barcelona.
c) Haber dedicado, como mínimo, el 25% de la programación a producciones catalanas ajenas, de empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
d) Haber programado un mínimo de cuatro espectáculos por año o de seis cuando se trate de salas de aforo máximo de 200 localidades, de los cuales al menos dos deberán ser de producción propia o coproducciones en un porcentaje igual o superior al 50%.
e) Haber programado, como mínimo, el 50% de los espectáculos en lengua catalana.
f) Haber programado un porcentaje de representaciones en catalán no inferior al 50%.
g) Haber mantenido la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos de la sala o las salas y de las producciones.
En caso de que se conceda la subvención, las empresas deberán comprometerse a cumplir los siguientes requisitos desde el 1 de enero de 2011 y hasta el 31 de agosto de 2011:
a) Disponer de una estructura básica de funcionamiento para llevar a cabo su actividad, entendiéndose como estructura básica tanto la infraestructura como el personal de gestión.
b) Programar un mínimo de 115 funciones para las salas de la ciudad de Barcelona y un mínimo de 35 para las de fuera de Barcelona.
c) Asegurar una programación de, como mínimo, el 25% de producciones catalanas ajenas, de empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.
d) Programar un mínimo de dos espectáculos o tres cuando se trate de salas de aforo máximo de 200 localidades, de los cuales al menos uno deberá ser de producción propia o coproducción en un porcentaje igual o superior al 50%.
e) Programar, como mínimo, el 50% de los espectáculos en lengua catalana.
f) Programar un porcentaje de representaciones en catalán no inferior al 50%.
g) Mantener la contratación laboral de los equipos técnicos y artísticos de la sala o las salas y de las producciones.
h) Asegurar la cofinanciación (recursos propios o aportaciones de terceras personas) de, como mínimo, el 50% de su proyecto cada año.
Documentos asociados
Boletín:
04/03/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5831
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5831
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento