Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de consumidores y usuarios para la realización de actuaciones de protección de los consumidores y usuarios en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S21191/25

Norma:

Resolución de 30 de junio de 2025. Resolución de 19 de marzo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el desarrollo de programas de información, asesoramiento y defensa de los consumidores en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible (60.000 €) y de las solicitudes presentadas, no pudiendo superar el límite máximo por programa de 40.000 euros ni el 90 % del coste del programa subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones de consumidores y usuarios legalmenteconstituidas, sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones van destinadas a la realización de actividades de asesoramiento, información mediante la realización de campañas, edición de folletos o publicidad, formación, mediante la realización de talleres de consumo y otras actividades similares, actuaciones en materia de control de seguridad de productos y red de alertas y promoción en general de actividades destinadas a la defensa de los consumidores. Se cofinanciarán los gastos de personal, equipamiento y funcionamiento asociados a la realización de tales actividades. No será objeto de financiación la compra de bienes de carácter inventariable ni los gastos de
inversión o capital.

Requisitos:

a) Hallarse inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias, creado por Resolución de 4 de abril de 1988.

b) Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial asturiano.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social.

d) No ser deudor de la Administración del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

e) Cualquier otro requisito que se determine en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 132
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento