Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de consumidores y usuarios para la realización de actuaciones de protección de los consumidores y usuarios en el Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S21191/25Norma:
Resolución de 30 de junio de 2025. Resolución de 19 de marzo de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de abril de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 40.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar el desarrollo de programas de información, asesoramiento y defensa de los consumidores en el ámbito territorial del Principado de Asturias.Categorías Subvención
Calidad
Consumo
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible (60.000 €) y de las solicitudes presentadas, no pudiendo superar el límite máximo por programa de 40.000 euros ni el 90 % del coste del programa subvencionado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones las asociaciones de consumidores y usuarios legalmenteconstituidas, sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones van destinadas a la realización de actividades de asesoramiento, información mediante la realización de campañas, edición de folletos o publicidad, formación, mediante la realización de talleres de consumo y otras actividades similares, actuaciones en materia de control de seguridad de productos y red de alertas y promoción en general de actividades destinadas a la defensa de los consumidores. Se cofinanciarán los gastos de personal, equipamiento y funcionamiento asociados a la realización de tales actividades. No será objeto de financiación la compra de bienes de carácter inventariable ni los gastos deinversión o capital.
Requisitos:
a) Hallarse inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Principado de Asturias, creado por Resolución de 4 de abril de 1988.b) Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial asturiano.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social.
d) No ser deudor de la Administración del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
e) Cualquier otro requisito que se determine en la correspondiente convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
10/07/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 132
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 132
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
30/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
30/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
