Subvenciones en materia turistica a Corporaciones Locales, Instituciones, Fundaciones, Asociaciones y particulares sin animo de lucro - Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S31064/10

Norma:

Orden 7/2010, de 29 de abril. Resolución nº 296/2010, de 19 de mayo. Resolución nº 200/2011, de 15 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de actividades, equipamiento y obras en materia turística, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global de la subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 100 por ciento del coste subvencionable de la actividad a realizar, no pudiendo exceder en ningún caso de la cantidad de 60.000 euros. Si la actividad hubiese generado ingresos se tendrá como coste subvencionable la diferencia entre gastos e ingresos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Instituciones, Fundaciones, Asociaciones y particulares sin ánimo de lucro, que tengan su sede social o domicilio en esta Comunidad Autónoma o desarrollen programas o actividades en la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta Orden, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada (actividades, equipamiento y obras en materia turística), y se realicen en el plazo establecido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero con las especificidades que se detallan en los apartados siguientes.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras. Descargar Documento
Boletín: 07/06/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 70
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 09/05/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 60
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento